borradro Acta Nº 16 2015 Junta Gobierno Local Ayto. Zamora 21 04 15.pdf


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Elecciones Locales y a las Cortes de Castilla y León, a celebrar el próximo día 24 de mayo de
2015, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia nº 48, de 15 de abril de 2015.
- Instrucción 1/2015, de 15 de abril, de la Junta Electoral Central, de modificación de la
Instrucción 4/2011, de 24 de marzo, de interpretación del artículo 66 de la Ley Orgánica de
Régimen Electoral General, sobre la consideración como grupo político significativo en los
planes de cobertura informativa de los medios públicos de comunicación, publicada en el
Boletín Oficial del Estado nº 95, de 21 de abril de 2015.
- Instrucción 2/2015, de 15 de abril, de la Junta Electoral Central, sobre distribución de
espacios gratuitos de propaganda electoral en los medios de comunicación de titularidad
pública y delegación de competencias en las Juntas Electorales de Comunidad Autónoma y
Provinciales en relación con las elecciones de 24 de mayo de 2015, publicada en el Boletín
Oficial del Estado nº 95, de 21 de abril de 2015.
PUNTO TERCERO
LICENCIAS DE OBRA Y ACTIVIDADES URBANÍSTICAS:
a) Licencia de obra para consolidación de cubierta en la C/San Vicente nº 2.
ACUERDOS PROCEDENTES.Dada cuenta de expediente seguido a instancia de Dª Pilar Ramos Guerreira en
representación del OBISPADO DE ZAMORA, solicitando concesión de licencia para
consolidación de cubierta en la C/San Vicente nº 2 (Parcela Catastral 09860 22) (Expediente
OM/16/2015), la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los miembros presentes que
reviste mayoría absoluta de su composición legal, y de conformidad con los informes obrantes
en el expediente, ACUERDA:
PRIMERO Y ÚNICO.- CONCEDER Licencia Municipal de Obra a Dª Pilar Ramos
Guerreira en representación del OBISPADO DE ZAMORA para consolidación de cubierta en la
C/ San Vicente nº 2 (Parcela Catastral 09860 22), con estricta sujeción al Proyecto BASICO y
de EJECUCIÓN presentado, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos el 19 de diciembre de
2014, bajo la dirección facultativa del arquitecto D. Claudio Ignacio Pedrero Encabo y del
Arquitecto Técnico D. Javier Matilla Samaniego, debiendo tener en cuenta lo siguiente:
A)

La prescripción de la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural:
“Se comunicará con antelación suficiente el comienzo de las obras al Servicio Territorial
de Cultura”

B)
Para la instalación de andamios o cualquier medio auxiliar en la vía pública deberá
solicitarse previamente la licencia correspondiente.
C)
Los plazos máximos de ejecución de las obras serán los siguiente: seis meses para el
inicio, seis meses de interrupción y DIECIOCHO MESES para la finalización, contados desde el
día siguiente al de la notificación de la concesión de la Licencia Municipal de Obras.
D)
Se le recuerda que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 36 de la Ordenanza
Municipal de Tramitación Tramitación de Licencias Urbanísticas de 6 de Noviembre de 2000,
tiene la obligación de comunicar a este Ayuntamiento la fecha de inicio de las obras, a los
efectos del control de su ejecución, debiendo disponer a pie de obra de copia autorizada de la
licencia urbanística.
Dicha licencia se entenderá otorgada, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de

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