Acta Nº 04 2015 Pleno Ayto. Zamora 27 03 15.pdf

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requisitos de las obras y servicios y los gastos financiables y 13 de MARZO DEL PRESIDENTE
DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN, por la que se modifica el
apartado Segundo y Tercero de la Resolución de 27 de Febrero de 2015.
Visto que en el Presupuesto Municipal vigente en el ejercicio 2015, existe un
subprograma denominado “Fomento del Empleo” (partida 241.12) con una consignación total,
entre retribuciones y seguridad social, de 370.488.02.- €. Dicho subprograma ha sido
concebido para la realización de obras y servicios considerados esenciales y de interés general
y social, mediante la contratación directa de desempleados.
Vistos los informes obrantes en el expediente, visto así mismo el Reparo 152/2015 de
la Intervención Municipal, entendiendo que nos encontramos, vista la propuesta de fecha 20 de
marzo de 2015 formulada por el Sr. Concejal Delegado de Obras, Urbanismo y Empleo, ante
contrataciones subvencionadas por la Junta de Castilla y León para actividades de carácter no
permanente, contrataciones que se realizarán a media jornada con una duración de seis meses
y con cargo a créditos de personal laboral eventual destinado a obras y servicios de interés
general y social competencia de esta entidad local y vista las previsiones de los artículos 217
del RDL 2/2004, de 5 de marzo y 50 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, desde esta Concejalía,
toda vez se entiende que la competencia para la resolución del citado reparo corresponde a la
Alcaldía-Presidencia al no ser necesario modificación alguna de la Plantilla Municipal, se emite
la siguiente Propuesta:
PRIMERO.- Que por el Excmo. Ayuntamiento Pleno se resuelva el presente conflicto
de atribución de competencias en el sentido de declarar que el órgano competente para
resolver los reparos que en su caso pudieran ser emitidos por la Intervención Municipal cuando
se trate de expedientes de contratación temporal de personal para actividades de carácter no
permanente, mediante contratos de duración determinada y con cargo a créditos de personal
laboral eventual y que por tanto no suponen modificación de la Plantilla Presupuestaria
corresponderá a la Alcaldía-Presidencia.
SEGUNDO.- Hacer extensible el criterio anteriormente aludido a aquellos expedientes
en identidad de razón (contratación temporal de personal para actividades de carácter no
permanente, mediante contratos de duración determinada y con cargo a créditos de personal
laboral eventual y que por tanto no suponen modificación de la Plantilla Presupuestaria).
TERCERO.- Notifíquese al Departamento de Intervención y Personal."
Abierto debate por la Ilma. Sra. Alcaldesa, se procede al mismo con las intervenciones
siguientes:
Primer turno de intervenciones:
El Sr. Mateos Rodríguez, en su condición de Portavoz del Grupo municipal de
ADEIZA, comienza su intervención manifestando que, sin duda, esta proposición es interesante
pero al mismo tiempo taimada, ya que tiene su fondo; y eso es lo que va a intentar explicar con
los medios orales de los que le dotó la naturaleza.
Relata las fechas y circunstancias de la convocatoria de subvenciones realizada por la
Junta de Castilla y León para este plan de fomento del empleo, y que no acaba de entender el
porqué de ese tiempo perdido. Que proposición que se presenta puede ser apetitosa, sin duda
para cualquier zamorano, pero esconde trampilla, porque teniendo en cuenta el procedimiento
para la provisión de las setenta y una plazas dotadas, al 50% y por seis meses, según los
cálculos que ha realizado coincide sorprendentemente con las vísperas de las fechas
electorales del próximo mes de mayo. Ante ello, se pregunta ¿por qué esto no se ha hecho
antes, por qué se espera ahora y con el tiempo marcado?
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