proc 16 03 15 atentado violento pudor juezacuadrado.pdf

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plidÓr de
de atertado violento al
delitÓ
un
de
autor
corno
FÉ
s;
AslmisnrÓ
1' 18' 60 y 273 cjel CÓd Penal'
arts'
por
l6s
conformidad con lo dispuestü
prueba'
e! diligenc¡amiento de
solleitó
23 de iébrero
cornpai'ecé con iechc
Déféñsá'
la
a
U Conférido traslado
manriesta'do eñ's1ñ"::::'--^
éltraslado cÓnierido
évacuar
a
de 2015, fs.254l258vto
gn éuanto se decidiÓ interlumplr'
por
a' se discrepa oon lo ré§uelto
lá Séde
se realizara utr
el ITF in'pidiendo que
encomendada
p§icológica
pariciá
Él tractó dg la
la Séde ésgrirnidc los
M- no habieñdo
vlciima' io
quiere es revlctimizar a la
no
S"*
lo
que
o*'"
pugde inferir
no reprÉseflta una
fa nina
inlorme psioológiao so¡re
fuñdamentos,
lrdicado
pero a su cliterio elexamen
que tár¡pooo quiére la Defensa
l'riria sÉa sometida
no se 1rátá de que la
O'"'
p"''
por
situác¡ón dé revictimización
'"-nlñ*
sino que será i¡terrogadá
unciado'
de
dei
plesencia
á una activldád én Ó cofl
o permaliefte irato
de trabajo y con habitual
ur""
profesionares, Bspéciarigtas "n
que se ha hecho Én el
periciá en la lorma
la
0"1"' int""Jmfloa
con nirlos En camblo
persona derlrnoiada' Lá
*o
perjuicics a la
ooasionar it'"p"'"U'"u
puede
sl
expediente'
a la-procucció¡ cje eote
se iráta dé una perrcia;
Sedd
pÓr
E
la
d¡ligsnciá §uspeñdida
igg del CPP v 184 dei CGP'
pÓr lüs arts
'17773
médio próbaiorio, es aplicáble
por lc d¡spuesto poI la lev
'"
la prue¡a astá efali-ia-riente 'egutad"
oértinéncia de
oi""t'o
vporel
aR''ll'il"'rlllll;".o
ha
siñ óaer
nesadó s,stemáticarnerÉ_l_v
en
La causa no
que se le pretende
deltcliva
fribuir' suficientes
conlradicciones, lá responsehilidad
de
elementos
o"
fonvrcc¡on
que teng"ll'
cuénta con probanza§
soÓiál del caso
escánario
El
Pudor'
al
ViÓlénto
*n*Oo
para proce§ar por el deliio'"
o::":::::i:É' !a denuncia es
qu€ 9e
coñcreto ño es un extrerno "u'-u'*oonun"'u
y niñoS y niñls y adurto§
adulios
.rrn,ooa
impo§jble de
consecue cia dé comentarios
"*r" f,,to d* todo
"::'*l:,n"',o,
fue metamorfoseañ*
"o*o produio' quedó
rrna persona denunciádá
u"
0""
to*" "'
delenel en un medio social
oor s1 solas muy
'"'"*n"
'*0"
*. ,,,",0",
por un delito inexiGienta' fn
"'
hay contradiccioiles
dichas poi una
Ot una misma §ltuación
oue iüpiden
distinta ocasión' contradlcclcnes
t'u c presenció la
ellas es verdadera
Y11"
El hechc deñurciado no
airibur' a
"t "*p"Oi"nt*
de disin'uu
relevanies, plles se tráta
""iont'
ñisiná porEoná en disiinio -;;;;t" "
t
determinar obietivamente
";;;;;t;
que
abuso'
dé
conducta
"" '""'*""i"
s-
