RESUMEN Derecho Penal I [Programa 2014].pdf

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Lección N° 4. Derecho Penal y constitución
El proyecto no logró sanción parlamentaria, pero fue adoptado por Córdoba como
código local.
3.3. CÓDIGO DE 1886
Una vez desechado el Proyecto de 188 y mediante la ley 1920 (1886), fue
sancionado el primer Código Penal de la Nación, sobre las bases del Proyecto
Tejedor, entrando a regir el 1 de marzo de 1887.
El Código sancionado mantiene la estructura del Proyecto Tejedor, a pesar de las
numerosas modificaciones.
Se le recriminó el hecho de haber dejado subsistente la legislación penal de
jurisdicción federal y no haber tenido en consideración las nuevas instituciones de la
época, como la libertad y la condena condicionales.
Este primer Código rigió, con distintas reformas, hasta su sustitución definitiva por
el de 1921.
3.4. PROYECTO DE 1891
El Código de 1886 fue duramente criticad. Por ende se creó una comisión para
reformarlo, pero en lugar de presentar un proyecto de reforma se presentó, en 1891,
un proyecto de nuevo Código Penal, cuyas características eran:
1) Sus fuentes eran el Código holandés y principalmente, el Código italiano de
1889, que era el más moderno de la época.
2) Rivarola, a quien se ha considerado el orientador general del proyecto,
denota una importante influencia kantiana, que lo aleja del positivismo
reinante de la época.
3) Legisló sobre delitos comunes y también sobre delitos federales.
4) Dividió las infracciones en delitos y faltas.
5) Estableció medidas de seguridad para los menores y alineados.
6) Dividió las penas corporales en: pena de muerte, penitenciaria y presidio.
7) Las penas se graduaban de acuerdo a elementos subjetivos, tales como: la
naturaleza del delincuente y las intenciones del mismo al cometer el delito.
8) Receptaba la libertad condicional.
9) Contemplaba la reincidencia.
10) Incorporó normas del derecho penal internacional, relativas a la validez
espacial de la ley penal.
Este proyecto no se sancionó pero influyó en la legislación posterior.
3.5. EL PROYECTO DE 1906
En 1904, el PEN encargó la revisión del Código Penal a una comisión (entre la cual
se encontraban Rivarola y Piñero, componentes de la comisión que redactó el
Proyecto de 1891). Esta comisión elevó su proyecto al Ejecutivo en 1906.
Características:
1) Insistía con la introducción de la libertad condicional.
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