BASES BECAS PARA CURSOS AULA MENTOR 2014.pdf


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Excmo. Ayuntamiento de LA RODA (Albacete)
Nº Registro Entidades Locales 01020693 de 15 – 9- 1986
PLAZA CAPITÁN ESCRIBANO AGUADO, 1 TELÉFONOS

967 44 14 03
967 44 14 26

FAX 967 44 11 90 – 02630 LA RODA

- Fotocopia del Resumen de la Declaración Anual del IRPF 2012 de la unidad familiar del
interesado, entendiendo por unidad familiar todas las personas que viven en el mismo domicilio que el
solicitante.
Quinto.- Derechos y obligaciones
Estas becas permitirán realizar un curso de entre los detallados en el Anexo III dentro del proyecto
“Aula Mentor” , y cubrirán la matriculación en el curso seleccionado por la persona becada, que dentro
de Aula Mentor, supone dos mensualidades más otros dos meses de formación en el mismo curso,
en caso de ser necesarios para completarlo, en total, como máximo la beca cubrirá 4 meses de
formación en el curso seleccionado por la persona beneficiaria.
Será condición indispensable para la renovación mensual de la beca, posterior a la matriculación que
da derecho a dos meses de formación, mantener la actividad en el curso con aprovechamiento del
mismo, entendido éste como la entrega de las tareas y actividades encomendadas por el tutor en los
plazos establecidos y requerirá la presentación de la debida justificación de dicha actividad a la
administradora del Aula Mentor.
En caso de dejadez y falta de aprovechamiento del curso por parte del beneficiario, la administradora
del aula Mentor dará de baja en el programa al alumno/a y el Ayuntamiento de La Roda iniciará las
gestiones oportunas para exigir la devolución del importe económico en que el Ayuntamiento haya
incurrido tanto por la matrícula en el curso seleccionado por el alumno y/o de las mensualidades de
renovación de la formación que se hayan realizado, con la excepción de que el alumno justifique
debidamente que por causas de fuerza mayor no ha podido cumplir las obligaciones que estas bases
exigen.
Las personas beneficiarias de estas becas deberán entregar la documentación que se les solicite a fin
de demostrar su aprovechamiento del curso y a tal fin autorizan a la administradora del Aula Mentor a
realizar las gestiones, comprobaciones o solicitudes de información oportunas para valorarlo.
En ningún caso la beca supondrá un importe superior a cuatro mensualidades por beneficiario,
incluyendo la matriculación en el/los cursos seleccionados.
Los beneficiarios deberán comunicar a la administradora del Aula Mentor de La Roda antes del
01/09/2014, el curso de su elección dentro de los indicados en el Anexo III, así como la fecha en la que
quieren que se efectúe su matrícula en dicho curso, que en todo caso deberá ser antes del 01/09/2014.
En caso de que dicha comunicación a la administradora del Aula Mentor de La Roda no se realizara
por parte del alumno becado, se entenderá que renuncia a dicha beca y por tanto a los derechos que la
concesión de dicha beca pudieran otorgarle.

Sexto.- Órgano Instructor, Comisión de Evaluación de las Candidaturas.
1. Las becas serán adjudicadas por el Excmo. Sr. Alcalde a propuesta de la Comisión de Evaluación de
las Candidaturas.