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f) Propósito General del PTEO
b)

Legalmente la presente propuesta se sustenta en cuatro principios que orientan la educación:
− Democrático, considerada como un sistema
de vida, que favorece el mejoramiento de las
condiciones económicas, políticas, sociales y
culturales de los pueblos.

Transformar la educación pública en el estado de
Oaxaca mediante la formación crítica de los involucrados, la comprensión y la modificación de su
entorno recuperando los conocimientos, los saberes pedagógicos y comunitarios, a través de la
construcción colectiva de programas y proyectos
para lograr una educación integral de los niños,
jóvenes y adultos.

− Nacionalista, que se comprendan los problemas políticos, económicos y sociales de la Nación, defensa de nuestra independencia política y económica, de los recursos naturales y la
cultura;
− Humanista, considerando a la persona humana como el principio y fin de las instituciones
basadas en ideales de justicia social, libertad y
equidad.

g) Fundamentación de los Programas y Sistec)
mas

• Jurídica

− Comunalidad, como forma de vida y razón de
ser de los pueblos originarios.

La educación es un derecho humano, colectivo, intrínseco y un medio indispensable para la realización de
otros derechos fundamentales, es un servicio público
para promover la democracia y ciudadanía en las sociedades.

El derecho a la educación tiene estrecha relación con
el artículo segundo constitucional que encierra un reconocimiento a lo pluricultural, a la diversidad, a lo
colectivo, desarrollando el sentido de responsabilidad
social y de la solidaridad con los grupos más vulnerables, conducir el principio de equidad en la conducta
diaria, contribuir a fomentar cualidades, aptitudes y
capacidades que lleven a los individuos a adquirir una
comprensión critica de sus propias culturas y de su
identidad.

El derecho de toda persona a la educación, se encuentra reconocido universalmente, en México, el sistema
jurídico reconoce el Derecho a la Educación en el artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Tratados Internacionales, Leyes
Federales y Estatales, normas que encierran el sentido de ese derecho fundamental de índole social.

Otro derecho íntimamente relacionado es el derecho
al trabajo, esencial en la organización de toda sociedad, es un derecho, reconocido como derecho fundamental, en el sistema jurídico mexicano en los artículos 5° y 123 Apartado B, Constitucional […] toda
persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente
útil, así como a que se dedique a la profesión, industria, arte, comercio que le acomode […] Reconoce el
derecho al trabajo como tal y como un deber social.

La educación es vista desde lo jurídico, como motor
del desarrollo social, un medio para el advenimiento
de una nación bien integrada, con una población preparada para defender sus derechos, la educación es
un soporte fundamental para la transformación social
que posibilita el ejercicio libre, crítico, creativo y participativo de la sociedad.
17

El proceso de la masificación del PTEO, como movimiento generador de conciencias críticas