Proyecto de Ley Modificación Ley de Planta. Recopilación Dina Olguin.pdf


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Artículo segundo.- El uso de estas facultades quedará sujeto a
las siguientes restricciones:
1) No podrá tener como consecuencia ni podrá
ser considerado como causal de término de la relación laboral,
cese de funciones, o término de servicios.
2) No
podrá
significar
disminución
de
remuneraciones ni modificación de los derechos previsionales.
Cualquier diferencia en las remuneraciones deberá ser pagada por
planilla suplementaria, a la que se le aplicará el porcentaje de
reajuste que se fije anualmente para las remuneraciones de los
funcionarios públicos en la forma dispuesta en el artículo 31 de
la ley N° 20.642 y que se absorberá por los futuros
mejoramientos de remuneraciones que corresponda al funcionario.
La mencionada planilla mantendrá la imponibilidad de las
remuneraciones que compensa.
3) Los funcionarios conservarán el número de
bienios que estuvieren percibiendo; asimismo mantendrán el
tiempo de permanencia en el grado para tal efecto, no obstante
experimenten cambios de grado.
4) Los requisitos que se fijen no serán
exigibles a los funcionarios que estén servicio a la fecha de
entrada en vigencia del decreto con fuerza de ley que los
establezca, respecto de los cargos desempeñados en calidad de
titulares y a contrata, en la medida que mantengan los grados.
Tampoco serán exigibles en las prórrogas de los contratos si
conservan el grado y planta de asimilación que tenían a la
mencionada data.
Las
mismas
garantías
antes
mencionadas
regirán para los funcionarios, que a la fecha de publicación de
la presente ley, ocupen los cargos a que se refiere el artículo
1° permanente.
Artículo tercero.- El mayor gasto fiscal que represente esta
ley durante el primer período presupuestario de aplicación se
financiará con cargo al Presupuesto del Ministerio de Educación.
No obstante lo anterior, el Ministerio de Hacienda, con cargo a
la partida presupuestaria del Tesoro Público, podrá suplementar
dicho presupuesto en la parte del gasto que no se pudiere
financiar con esos recursos.”.