MANUAL PARA EVALUAR PLANTELES (SNB).pdf


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3. El proceso de ingreso
En este capítulo se describen los pasos que deben seguir los planteles interesados en
ingresar al SNB tanto los públicos como los particulares (incorporados o con
Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios). Asimismo, se mencionan las
acciones que deben llevar a cabo las dependencias e instituciones multiplantel para
que sus planteles inicien el proceso de evaluación.
3.1 Descripción
Existen instancias y etapas que deben cumplirse para el ingreso de planteles al SNB,
después de haber formalizado su solicitud ante el Comité Directivo del SNB. En la
siguiente descripción debe asumirse que las siglas CD refieren al Comité Directivo del
Sistema Nacional de Bachillerato, DEI es la Dirección de Enlace Institucional del
Copeems; DA es la Dirección Académica del Copeems; RA es el representante
académico también del Copeems y OAE es el organismo de apoyo a la evaluación
asignado.
Las cinco etapas que permiten la evaluación de planteles y que identificadas en
secuencia cronológica son:
a. La solicitud formal de evaluación que el plantel interesado en ingresar al
SNB debe hacer al CD-SNB;
b. El envío de la información y documentos requeridos para evaluación (envío
de expediente para evaluación), que el plantel alimenta en la plataforma
electrónica del Copeems (asumiendo que se ha elegido la opción en línea
por encontrarla como la más eficiente), y que tiene que ser revisada por la
DEI;
c. La DA evalúa la documentación turnada por la DEI para determinar si
proceden la evaluación in situ y el pago correspondiente;
d. La visita de verificación, que inicia cuando la DA asigna al RA y al OAE
que participarán en la evaluación in situ y que concluye con un informe de
resultados para una propuesta de dictamen. En el caso de los planteles que
soliciten ser evaluados con el propósito de lograr el nivel IV, dicha visita
de verificación no tendrá efecto, dado que la evaluación será solam ente
documental, y finalmente;
e. El cierre de evaluación, donde la DA emite un “dictamen de evaluación”,
el CD emite un “pronunciamiento”, la DEI realiza la publicación del
resultado y el plantel, cuando sea el caso, procede a la atención de
observaciones y recomendaciones, o bien decide iniciar un procedimiento
de inconformidad en el que se revisará el dictamen cuando es desfavorable
y, eventualmente, proceder a una nueva evaluación.

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