20131013 Dictámenes Pleno Ayuntamiento 30 de octubre 2013.pdf


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QUINTO.- Finalizado el periodo de exposición pública, el Ayuntamiento adoptará
el acuerdo definido que proceda, resolviendo las reclamaciones que se hubieran
presentado y aprobando la redacción definitiva de la ordenanza a que se refiere el
acuerdo provisional. En el caso de que nos e hubieran presentado reclamaciones, se
entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin
necesidad de un nuevo acuerdo plenario.

SEXTO.- En todo caso, el acuerdo definitivo a que se refiere el apartado anterior,
incluso si se tratara del acuerdo provisional elevado automáticamente a aquella
categoría, y el texto íntegro de la modificación de la ordenanza, habrán de ser
publicados en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora, sin que entren en vigor hasta
que se haya llevado a cabo dicha publicación.

SÉPTIMO.- En todo caso, el Ayuntamiento editará el texto íntegro de las
ordenanzas fiscales reguladoras de sus tributos dentro del primer cuatrimestre del
ejercicio económico correspondiente y habrá de expedir copias de la ordenanza fiscal
publicada a quienes la demanden.

No obstante, V.D. resolverá.
Zamora, 15 de octubre de 2013

EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO