20130906 Acta del Pleno del Ayuntamiento de Zamora de 6 de septiembre 2013.pdf

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PUNTO TERCERO
PROPOSICIÓN DE ALCALDÍA RELATIVA A RESOLUCIÓN DEL CONTRATO DE
LA “ENAJENACIÓN DE LA PARCELA K DE PROPIEDAD MUNICIPAL
LOCALIZADA EN EL PLAN PARCIAL SECTOR Nº 21 BENEDICTINAS CON
CALIFICACIÓN URBANÍSTICA ROTACIONAL, PARA LA CONSTRUCCIÓN,
INSTALACIÓN Y GESTIÓN DE UNA RESIDENCIA PARA LA TERCERA EDAD.”.
ACUERDOS PROCEDENTES.
En primer lugar, se somete a votación la ratificación de la inclusión en el orden
del día, de la proposición de Alcaldía, relativa a la Resolución del Contrato de la
Enajenación de la Parcela K de Propiedad Municipal localizada en e Plan Parcial,
sector 21 Benedictinas, con calificación urbanística dotacional, para la construcción,
instalación y gestión de una residencia para la Tercera Edad”, que hace suya la
propuesta de resolución del informe de la Secretaría General, que aparece trascrito a
continuación, siendo aprobada por mayoría absoluta ( votos a favor, 17, PP, PSOE;
votos en contra, ninguno; abstenciones, 3, IU).
Es conocido el expediente seguido para la resolución del contrato de la “Enajenación
de la Parcela “K” de propiedad municipal localizada en el Plan Parcial Sector nº 21
Benedictinas, con calificación urbanística de dotacional, para la construcción, instalación
gestión de una residencia para la Tercera Edad”. Constan en el mismo, entre otra
documentación, los informes emitidos por Patrimonio, de fecha 11 de junio de 2013, y de la
Secretaría General, José María García Sánchez, de fecha 3 de septiembre de 2013, cuyo
tenor literal, de este último, es el siguiente:
-IPRIMERO: Respecto a los hechos determinantes del incumplimiento del contrato
suscrito.
Durante la tramitación del presente expediente ha quedado suficientemente acreditado que la
empresa contratista ha incumplido gravemente las condiciones asumidas por la empresa
contratista, en especial, respecto a los plazos para la urbanización y edificación de la
residencia a la que se habían comprometido.
En este sentido, el Informe de la Jefa de Contratación refleja de forma contundente los
incumplimientos realizados debiendo calificarse de graves y culpables.
Conforme la escritura pública de enajenación de la parcela expuesta resulta que una
de las condiciones reflejadas es la siguiente: “el incumplimiento de cualquiera de las
obligaciones previstas en los Pliegos traerá consigo la resolución de la enajenación del
contrato, así como entre otras la pérdida del precio, así como la incautación de la
garantía definitiva”.
Dicha condición por tanto fue asumida voluntariamente por parte de la empresa contratista por
lo que conforme a la “ley del contrato” estaba obligado a dar cumplimiento a las estipulaciones
allí reflejadas, o en caso contrario, procedería la resolución del mismo.
Una de las principales obligaciones de la adjudicataria y a la que estaba sometido el
contrato de enajenación del patrimonio municipal del suelo expuesto es la que se
recogía en el artículo 21 del Pliego de Cláusulas Administrativas:
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