20130713 Acta del Pleno del Ayuntamiento de Zamora de 30 de julio 2013.pdf


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Se da cuenta de la siguiente propuesta formulada por el Sr. Concejal Delegado de
Comercio, Turismo y Desarrollo Económico, de fecha 17 de julio de 2013, en relación con el
contrato de “Gestión del Servicio Público municipal de transporte urbano colectivo de viajeros
en el término municipal de Zamora” en la modalidad de gestión interesada, así como dictamen
de la comisión informativa de Personal, Economía y Hacienda, adoptado en sesión ordinaria de
fecha veinticinco de julio de dos mil trece
“Visto que de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2º de la Disposición adicional
segunda del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público el órgano de
contratación en el presente contrato es el Pleno de este Excmo. Ayuntamiento.
Visto que de acuerdo con el artículo 51 del citado texto legal los órganos de
contratación podrán delegar o desconcentrar sus competencias. Y que en este mismo sentido
el artículo 22, apartado 4, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen
Local, establece que el Pleno puede delegar el ejercicio de sus atribuciones en el Alcalde y en
la Junta de Gobierno Local. Delegación de competencias que asimismo regula el artículo 13 de
la Ley 30/92 , de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Visto que con fecha 21 de febrero de 2013 se suscribió el contrato al que se refiere la
presente propuesta entre este Excmo. Ayuntamiento y la Empresa AUTOBUSES CUADRA
S.A., procediéndose a continuación a la puesta en marcha del mencionado servicio, de acuerdo
con los requisitos contemplados en los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones
técnicas y la oferta realizada por la citada empresa, lo que obliga a la adopción de decisiones
en orden al cumplimiento de los calendarios de ejecución previsto, sobre las que debe
pronunciarse el órgano de contratación que no pueden demorarse a la celebración de los
Plenos mensuales.
Por lo expuesto, y en orden a conseguir una mayor eficacia y agilidad en la puesta en
marcha y desarrollo del contrato, PROPONGO:
Delegar en la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta de este Excmo. Ayuntamiento la
adopción de las decisiones que como órgano de contratación le corresponden al Pleno de este
Excmo. Ayuntamiento, de acuerdo con lo previsto en la normativa anteriormente citada,
debiendo dar cuenta al Pleno de este Excmo. Ayuntamiento como órgano de contratación en la
siguiente reunión del mismo de las decisiones que se hayan adoptado por el órgano delegado.”
Toma la palabra, en primer lugar, el portavoz del grupo municipal de ADEIZA, Sr.
Mateos Rodríguez, para manifestar su oposición a la propuesta de delegación. Matiza que no
está de acuerdo y no entiende estas delegaciones en los supuestos de mayoría absoluta por
parte del Equipo de Gobierno, privándosele a la oposición de la posibilidad de ser oída.
El representante del grupo municipal de Izquierda Unida, Sr. Guarido Viñuela, anuncia
el voto en contra de su grupo. Considera que son solamente un grupo de contratos
fundamentales los que son competencias del Pleno. Cree que aunque sea legal, no es legítimo,
puesto que se hurta el debate en sesión plenaria y, en consecuencia, del conocimiento de los
ciudadanos.
El portavoz del grupo municipal Socialista, Sr. Fuentes López, expone que aunque
está permitida por Ley la delegación, ya le restan pocas competencias al Pleno. En este
sentido, le parece desaconsejable. Considera más operativo la presentación en sesión plenaria
de un informe de seguimiento del contrato. En consecuencia, anuncia la abstención de su
grupo.

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