20130716 Acta Junta Gobierno Local Ayto. Zamora.pdf


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B) Al correspondiente proyecto de ejecución se acompañará el Estudio de Seguridad y
Salud según el Real Decreto 1627/1997.
C) Se trata de un Proyecto Básico por lo que las obras no se iniciarán hasta la aprobación
del correspondiente Proyecto de Ejecución.
D) En relación al acceso a la estación de servicio desde la Cuesta del Bolón se deberán
suprimir las dos plazas de estacionamiento y la zona excluida al tráfico que se contemplan tras
el acceso a la misma, debiéndose contemplar como acera tanto la rampa de acceso a la
estación de servicio como las dos plazas de estacionamiento a suprimir, debiéndose
igualmente contemplar un vado o rampa de acceso desde la calzada para salvar el desnivel
existente, desnivel que como máximo deberá resolverse en una longitud, a contar desde el
bordillo exterior, no superior al ancho del estacionamiento en línea contemplado, de tal forma
que la acera existente no se vea afectada por las obras a ejecutar, debiéndose suprimir
igualmente el paso de peatones y la señal S-13 que figuran en el referido acceso.
E) En relación al acceso a la estación de servicio desde la Calle Villalpando, siguiendo el
mismo criterio que figura en el apartado anterior, se deberá suprimir la zona excluida al tráfico
que se contempla junto al acceso de la misma, debiéndose contemplar como acera la rampa
de acceso a la estación de servicio que deberá llegar hasta el límite exterior de las plazas de
estacionamiento, debiéndose contemplar un vado o rampa de acceso desde la calzada para
salvar el desnivel existente, desnivel que como máximo deberá resolverse en una longitud, a
contar desde el bordillo exterior, no superior al ancho del estacionamiento en batería
contemplado, de tal forma que la acera existente no se vea afectada por las obras a ejecutar,
debiéndose suprimir igualmente el paso de peatones y la señal S-13 que figuran en el referido
acceso.
F) Se le advierte que esta Licencia caducará, si no se presenta el Proyecto de Ejecución, en
TRES MESES, contados a partir del día siguiente al de notificación del presente acuerdo, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.e) de la Ordenanza Municipal de Tramitación de
Licencias Urbanísticas de 6 de noviembre de 2000.
Dicha licencia se entenderá otorgada, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de
terceros.
PUNTO CUARTO
RECURSO DE REPOSICIÓN INTERPUESTO CONTRA DECRETO DE FECHA 26 DE
DICIEMBRE DE 2012 DE LA CONCEJALÍA DE BIENESTAR SOCIAL, POR EL QUE SE
PROCEDÍA A LA MODIFICACIÓN DEL RÉGIMEN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO.
ACUERDOS PROCEDENTES:
Conocido el expediente seguido en relación con el recurso de reposición interpuesto
contra Decreto de fecha 26 de diciembre de 2012 de la Concejalía de Bienestar Social, por el
que se procedía a la modificación del régimen del servicio de Ayuda a Domicilio, la Junta de
Gobierno Local, por unanimidad de los miembros presentes que reviste mayoría absoluta de su
composición legal, ACUERDA:
PRIMERO Y ÚNICO.- Dejar dicho expediente sobre la Mesa para ampliación de
informes.
PUNTO QUINTO
APROBACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN Y CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A LOS

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