20130618 Acta Junta Gobierno Local Ayto. Zamora 18 06 13 aprobada.pdf

Vista previa de texto
Presentar la documentación justificativa fijada en tiempo y forma.
2º.- Todos los gastos deberán estar directamente relacionados con actividades
concretas del programa subvencionado y deberán realizarse dentro del plazo de ejecución
fijado.
El beneficiario o la beneficiaria podrá subcontratar el 100% de las actuaciones a
desarrollar objeto del presente convenio.
La aportación económica fijada será compatible con otras ayudas económicas
concedidas o que eventualmente pudieran conceder otras Administraciones o Entes Públicos
y/o privados, siempre que el total de las ayudas obtenidas para la actividad regulada no
sobrepase el coste de la misma. No obstante, se deberá comunicar al Excmo. Ayuntamiento de
Zamora la obtención de otras ayudas o subvenciones que financien la actividad
subvencionada. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca o en todo
caso simultáneamente junto con la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos
3º.- El pago de la cantidad referida en el punto anterior se realizará una vez se hubiera
procedido a la oportuna justificación de la gastos subvencionados.
Cabe el pago fraccionado de acuerdo con el ritmo de ejecución de las acciones
subvencionadas, previa justificación de los gastos realizados.
Cabrá, igualmente, el pago anticipado siempre que se presenten las oportunas
garantías en cualquiera de las modalidades establecidas legalmente.
En ningún caso se realizará el pago de la subvención si el beneficiario o la beneficiaria
no se encuentra en el momento de dicho pago, al corriente de sus obligaciones tributarias con
las Haciendas Estatal y Local y con la Seguridad Social.
4º.- Las cantidades percibidas deberán ser justificadas por el perceptor o perceptora de
las mismas en el plazo de TRES MESES desde la finalización de las actividades
subvencionadas.
A estos efectos, deberá presentarse en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento
de Zamora el escrito correspondiente al que se adjuntarán:
11. Memoria de las actividades subvencionadas realizadas con indicación de los objetivos
alcanzados y su correspondiente evaluación.
12. Memoria económica justificativa de la actividad expresada a través del balance los
ingresos y los gastos correspondientes.
13. Declaración jurada del Presidente o Presidenta de la entidad conteniendo el detalle de
otras subvenciones o ayudas económicas obtenidas para la misma actividad.
14. La cuenta justificativa suscrita por el perceptor o perceptora de los fondos de los
gastos realizados, en la que constará la relación individualizada y numerada de cada
uno de ellos y su importe, así como la suma total de todos los gastos.
15. Los oportunos documentos justificativos originales de los gastos realizados
relacionados en la cuenta justificativa (FACTURAS). En los mismos figurará la
expresión “pagado” o se les adjuntará el correspondiente adeudo bancario justificativo
del pago.
La suma total de los importes de los documentos justificativos debe ser igual o
superior al importe de la subvención percibida.
Los documentos justificativos contendrán los requisitos establecidos en el artículo 6 del
Real Decreto 1496/2003, de 28 noviembre, por el que se aprueba el Reglamento que regula las
obligaciones de facturación, y se modifica el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido
(BOE de 29 de noviembre), a saber, número y, en su caso, serie; fecha de su expedición;
nombre y apellidos, razón o denominación social completa, número de identificación fiscal y
domicilio tanto del obligado u obligada a expedir factura como del destinatario o destinataria de
las operaciones; descripción de las operaciones incluyendo el precio unitario sin impuesto de
dichas operaciones, así como cualquier descuento o rebaja que no esté incluido en dicho
precio unitario; el tipo impositivo o tipos impositivos, en su caso, aplicados a las operaciones; la
10
