20133105 Acta Pleno Ayto. Zamora 31 05 13.pdf

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Respecto a lo manifestado por la portavoz del grupo municipal de Izquierda Unida, ve
lógico la presentación de un nuevo vehículo de forma más o menos solemne, sin que tenga
más importancia. Insiste en que es un servicio que se está implantando de forma gradual.
Además, dice que el pliego de prescripciones técnicas solamente obligaba al billete combinado
en las paradas del entorno de la plaza de “La Marina”.
Debatido el asunto, al no producirse más intervenciones, se somete a votación el
asunto del orden del día, produciéndose el siguiente resultado:
Votos a favor: catorce (14) (PP)
Votos en contra: ninguno.
Abstenciones: diez (10) (PSOE, IU, ADEIZA).
Y el Pleno del Excmo. Ayuntamiento, por mayoría de los miembros presentes que
reviste mayoría absoluta de su composición legal, y de conformidad con los informes obrantes
en el expediente, ACUERDA:
PRIMERO.- Mantener la reversión gratuita de todas las marquesinas e instalaciones
accesorias afectas al servicio de transporte urbano colectivo de viajeros en el municipio de
Zamora existentes en el momento de extinguirse las obligaciones contractuales y
cuasicontractuales de la concesión administrativa del servicio de autobuses urbanos, hasta el
28 de febrero de 2013.
SEGUNDO.- Admitir la instancia formulada por el Sr. Olazábal Puig, actuando en
nombre y representación de PROMEDIOS EXCLUSIVAS DE PUBLICIDAD S.L., registro de
entrada en el Ayuntamiento nº 64, de 3 de agosto de 2012, y desestimar su petición en su
doble vertiente: por un lado, desestimar el abono de la cantidad solicitada en concepto de
indemnización, y por otro, desestimar la autorización para la desinstalación de las
marquesinas, fundamentando esta desestimación en que este mobiliario urbano, de acuerdo
con la legislación administrativa, pertenece a AURZA S.L., y vencido con exceso el contrato,
que no ha sido rescatado anticipadamente, ha pasado la titularidad al Ayuntamiento de Zamora
y que están afectas al servicio de autobuses urbanos.
TERCERO.- Respetar el principio de libertad de pactos entre particulares, como son la
empresa AURZA S.L. y PROMEDIOS EXCLUSIVAS DE PUBLICIDAD S.L., fijados tanto en el
contrato suscrito por ellos el 27 de octubre de 2004, como lo acordado mediante fórmula
transaccional ante el Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Salamanca, Auto de 25 de
enero de 2007, así como cualquier otro pacto que pudieran existir. Y respetar igualmente la
intención de los contratantes a tenor de los actos de éstos, coetáneos y posteriores al contrato,
en cuanto no descaracterizadores estas relaciones jurídico privadas (civiles o mercantiles) de
las relaciones jurídico administrativas entre el Ayuntamiento de Zamora (Administración
concedente) y la empresa AURZA S.L. (concesionaria del servicio desde 1958; 1984; 2004;
2009; hasta el 28 de febrero de 2013).
CUARTO.- Dar traslado del acuerdo a la Empresa PROMEDIOS EXCLUSIVAS DE
PUBLICIDAD S.L., a la anterior empresa concesionaria AURZA S.L., a la nueva empresa
adjudicataria AUTOBUSES CUADRA S.A., actual SEMURA BUS S.L., y a los servicios
municipales interesados, a los efectos oportunos.
MOCIONES
1.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL DE ADEIZA SOBRE LA
RECONVERSIÓN DEL OESTE ZAMORANO. ACUERDOS PROCEDENTES:
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