ORIENTACIONES PARA ACTIVAR LA PARTICIPACION SOCIAL EDUCACION BASICA.pdf


Vista previa del archivo PDF orientaciones-para-activar-la-participacion-social-educacion-basica.pdf


Página 1...66 67 686970144

Vista previa de texto


Programa Escuelas de Calidad

68

• Estudiar los casos de alumnos en riesgo educativo.
• Valorar su desempeño docente.
• Analizar sus requerimientos de capacitación y las necesidades de introducir
mejoras en las prácticas docentes en el salón de clase.
• Revisar las propuestas de trabajo con padres de familia y tutores para que la
educación que ofrece la escuela se complemente con la del hogar.
• Analizar las formas de organización y administración de la escuela, así como
la relación con los padres de familia y tutores.

d. En el CEPS, los representantes de todos los actores escolares deben
tomar decisiones centradas en:
• Escuchar y atender las preocupaciones de toda la comunidad escolar.
• Coordinar esfuerzos para mejorar la situación de la escuela y el desempeño
de los alumnos.

Normatividad que sustenta la constitución de los Consejos
de Participación Social
La normatividad que respalda la constitución de los Consejos de Participación
Social se expresa en la Ley General de Educación (1993), Capítulo VII, en los
Artículos 68 a 73.
En estos artículos se establece la creación de un Consejo Nacional de Participación Social en la Educación (conapase), de los consejos estatales (CEPSE) y
municipales (CMPSE). Específicamente en el Artículo 69 se señalan las funciones
de los Consejos Escolares de Participación Social (CEPS).
Los Acuerdos Secretariales 260 y 280 son antecedentes donde se establecen los lineamientos para la constitución y funcionamiento del Consejo Nacional