ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO PLAN MAESTRO DE AGUA POTABLE.pdf


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GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE ARCHIDONA
ESTUDIO DE IMPACTO Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DEL PROYECTO DEL “ PLAN MAESTRO
DE AGUA POTABLE PARA ARCHIDONA, SAN PABLO, COTUNDO Y POBLACIONES ALEDAÑAS”

Reglamento de seguridad y salud de los trabajadores y mejoramiento del medio ambiente
de trabajo. Decreto ejecutivo 2393 publicado en el R.O. 565 del 17 de noviembre de 1986.
Reglamento general del seguro de riesgos de trabajo, Resolución 741 del consejo superior
del instituto ecuatoriano de seguridad social de mayo de 1990.
1.7.6 Instituciones Reguladoras y de Control
1.7.6.1 Ministerio del Ambiente
Art. 8. Ley de Gestión Ambiental.- La autoridad nacional será ejercida por el Ministerio del
ramo, que actuara como instancia rectora, coordinadora y reguladora del Sistema Nacional
Descentralizado de Gestión Ambiental, sin perjuicio de las atribuciones que dentro del
ámbito de sus competencias y conforme las leyes que las regulan, ejerzan otras instituciones
del Estado.
1.7.6.2 Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Archidona
No está acreditada por el Ministerio del Ambiente del Ecuador para ejercer competencia
ambiental dentro de su jurisdicción territorial, por lo tanto en la actualidad aun no se
encuentra acreditada ante el SUMA, sin embargo podrá realizar actividades de control
ambiental del proyecto.
1.7.7 Penalización
1.7.7.1 Restauración y Reparación de Daños y Perjuicios
Volver las cosas a su estado anterior, reponer las defensas naturales o artificiales y pagar
costo de su reposición (Ley de Aguas).
“Cargos” por vertidos fijados por la Autoridad ambiental respectiva.
De veinte a doscientos salarios mínimos vitales generales por no suministrar información
sobre daños actuales o potenciales al ecosistema, en el curso de actividad productiva (Ley
de Gestión ambiental).
De diez a quinde salarios mínimos vitales. Las multas se impondrán sin prejuicio de las
otras sanciones a las que hubiere lugar (Código de la salud).
Multa equivalente desde 12,5% hasta 124% del salario mínimo vital (régimen Municipal)
1.7.7.2 Indemnización, Reparación de Daños y Perjuicios, y Restauración
Pago de indemnizaciones a favor de la colectividad directamente afectada y reparación de
los daños y perjuicios ocasionados, mas pago del 10% de este monto a favor del
accionante. (Ley de Gestión Ambiental).}
Restituir completamente los daños causados al medio ambiente y los recursos naturales
(Ley de promoción y garantía de las inversiones).

CONSULTOR - ING. LIGIA G. CAIZA OBANDO
Movil: 0995 944174
Email: ligiacaiza80@hotmail.com

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EVALUACION DE IMPACTOS

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1.7.7.3 Competencias Sancionatorias
Comisaria Municipal
Comisaria de salud