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Todo lo que necesita saber
Por CPN Desp. Aduana Diego Dumont. Posg. Especialista en Op. Comex (UNR)
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alguna, excepto cuando el estado de la DJAI sea “OBSERVADA”. Veremos más
abajo que aún observadas ya se pueden anular. La anulación se hace desde el
servicio AFIP con clave fiscal “Gestión de Declaración Jurada Anticipada de
Importación”. La condición es que esta no esté afectada ni total ni parcialmente.
Aclara el punto 13 del Anexo de la RG 3255 que en caso de quedar sin efecto la
operación comercial debe anularse la DJAI. La pregunta natural es: ¿si no lo hago
cuál es la sanción?. La respuesta es: Ninguna. Sin embargo, conviene que anulemos
porque una DJAI aprobada o posiblemente aprobable es una DJAI que para el Fisco
una posible importación y a la luz del actual cuidado de divisas puede incrementar
las posibilidades de observaciones en futuras DJAI.
Aún después de la RG 3255, las actualizaciones del Manual y del Micrositio AFIP
quedaron algunos puntos sin respuesta y otros con perspectivas de modificaciones de
cara al futuro. Estos puntos se están tratando fundamentalmente a partir del vínculo
CDA-AFIP y reuniones del Consejo Consultivo Aduanero, y algunos se resolvieron a la
fecha de este trabajo. Entre estos puntos mencionamos:
Desarrollo pendiente por parte de la DNPA (Dirección de Normas y Procedimientos
Administrativos) de una única DJAI para envíos escalonados
Publicación del procedimiento de prórroga y nuevo plazo. Al leer lo anterior Ud.
habrá advertido que no se establecía forma de solicitud de prórroga ni plazo de la
misma. Al principio el CDA publicó un procedimiento de emergencia que consistía
en presentar en Aduana de Registro de la DJAI una multinota papel solicitando la
prórroga y adjuntando documentación respectiva. Hace poco se dio a conocer un
nuevo procedimiento (pendiente de publicación oficial en Manual o Micrositio
AFIP). El mismo consiste en:
Instalar el Aplicativo: http://www.afip.gob.ar/Aplicativos/oProgramasAduaneros/
“Instalador F3101-2241/E multinota electrónica Depositario Fiel v300” . Programa:
“Depositario Fiel.”
Como requisitos el Estado de la DJAI debe ser SALIDA , y debe presentarse al
menos con 5 días de antelación al vencimiento. Se estima que estos son días
hábiles, que es cuando opera AFIP, organismo mentor del Régimen.
En el link: http://www.cda.org.ar/images/Archivos/MultinotaElectronicaDJAI.pdf
puede verse una copia de la pantalla del aplicativo con lo aquí expuesto.
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