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DJAI
Todo lo que necesita saber
Por CPN Desp. Aduana Diego Dumont. Posg. Especialista en Op. Comex (UNR)
OBSERVADA: la DJAI ha sido observada en su totalidad por algún organismo interviniente
o las observaciones de todos los organismos competentes (parcial o totalmente), han
tenido como resultado que la DJAI en su totalidad esté observada.
CANCELADA: la DJAI ha sido afectada totalmente por los subregímenes mencionados.
ANULADA: la DJAI, aún no afectada, ha sido anulada por el declarante. También será
anulada automáticamente por el sistema, si a su vencimiento, con su eventual prorroga,
no ha sido afectada total o parcialmente.
Ver más adelante la creación del Estado ANUC y EN ANALISIS.
10) ¿Se presentaría la DJAI en Aduana?
No, el Anexo de la RG 3255 lo aclara. Es decir opera tal cual lo veía haciendo la LAPI. Dicho
sea de paso, después de convivir un tiempo ambas, la LAPI desapareció, lo cuál es lógico
ya que su existencia no tenía sentido. Tampoco la DJAI puede ser solicitada por las áreas
de verificación de Aduana.
Otros aspectos que menciona la RG 3255, comentados:
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Se pueden indicar en la DJAI más datos de los solicitados para que ya queden
cargados para su uso posterior en caso de que esa DJAI se utilice.
Una DJAI puede utilizarse para más de uno de los subregímenes indicados en el
Anexo (en términos sencillos, con una DJAI puedo hacer más de una destinación).
Excepción!!!: Si la mercadería amparada por la DJAI viene embarcada por
separado, amparada por más de un documento de transporte, entonces no puede
afectarla a más de una destinación.
Una destinación se va a poder hacer utilizando varias DJAI (algo que está en
desarrollo por la DNPA).
En caso de transferir la mercadería objeto de la DJAI (RG AFIP 1979/05 y
modificatorias y complementarias) el nuevo sujeto deberá tener la DJAI respectiva
aprobada para poder importar por supuesto.
La DJAI no es rectificable. Para cambiar algo, a menos que se trate de información
“alterable” hay que anular y crear una nueva (en este caso, si la mercadería está
próxima a arribar o arribada, aconsejo que se haga uso del trámite urgente
indicando por ejemplo: “Reemplaza 12062DJAIXXXXXXX”). El Manual 6.0 dice: La
anulación solo se autorizará cuando la DJAI no haya tenido afectación/conversión
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