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TOMO - I

DERECHO MÉDICO

del tratamiento. El prototipo de este nivel de relación sería el que
se establece entre una madre y su recién nacido: relación madrelactante.
El nivel 2 o de “dirección del médico y cooperación del
enfermo”, es el tipo de relación que tiende a darse en las
enfermedades agudas, infecciosas, traumáticas, etc., en las
que el paciente es capaz de cooperar y contribuir en el
propio tratamiento. El médico dirige, como experto, la
intervención adopta una actitud directiva, y el paciente
colabora contestando a sus preguntas, dando su opinión, y
realizando lo que se le pide. El prototipo de relación de nivel
2 sería el que se establece entre un progenitor y su hijo no
adulto: relación padre-niño.
El nivel 3 o de “participación mutua y recíproca del médico y
del paciente”, es la forma de relación más adecuada en las
enfermedades
crónicas,
en
las
rehabilitaciones
postoperatorias
o
postraumáticas, en las
readaptaciones físicas o
psíquicas, y en general en
todas las situaciones, muy
frecuentes en el mundo
médico actual, en que el
paciente puede asumir una
participación
activa,
e
incluso la iniciativa, en el
tratamiento:
Así
en
pacientes
diabéticos,
enfermedades cardiacas,
enfermedades de la vejez, etc., el médico valora las
necesidades, instruye y supervisa al paciente, que, a su vez,
lleva a cabo el tratamiento por si mismo, según lo

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