RESOLUCION TRIBUNAL DE LOS DOCTORES.pdf

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15.- Que en este extremo corresponde amparar el Recurso de Agravio
interpuesto por Xtragos por cuanto se ha acreditado en autos que el Imputado
Fidel ha sido INFIEL a su enamorada utilizando el nombre de los Doctores para
intentar evitar que ésta se entere de dichos actos.
16. Que en este sentido correspondería a que se EXPULSE DEFINITIVAMENTE
al imputado Fidel de la logia de los Doctores y que se publiquen sus datos y
fotos en las principales redes sociales además de notificarse a su enamorada
con tales documentos y dejar en evidencia su infidelidad; no obstante ello y a
tenor de lo dispuesto por la Sexta Disposición Transitoria del Código de Ética y
estando a que el imputado cometió los actos de infidelidad dentro del periodo
de excepción planteado por la Norma y que no registra mas de 3 sanciones por
INFIDELIDAD; resulta con arreglo a Ley que este Tribunal disponga mantener
la reserva de la identidad del imputado Fidel y en consecuencia dejar sin efecto
el pedido de Xtragos de que se notifique a la enamorada de Fidel con las fotos
que prueban su infidelidad.
17.
Que este Tribunal estima por conveniente además de expulsar
definitivamente al imputado de la logia de los Doctores, a que se le denomine
en adelante como FIDEL, asimismo ordena se le retiren todos los privilegios
y/o derechos que le asistían como Doctor a partir de la fecha de emisión de la
presente Resolución.
18.
Que respecto de la denuncia al imputado por haber sido sorprendido
realizando actos estúpidos e idiotas y por ende haber vulnerado el literal c) del
artículo 616 del Código de Ética y estando a que según las fotos y testimonios
que obran en autos acreditan que en efecto el imputado incurrió en actos
estúpidos como el pretender ser infiel en un restaurante público, en un día en
que tal local se encuentra repleto de asistentes entre los cuales figuraban
amigos en común del mismo imputado y de su enamorada, corresponde que
este Tribunal declare FUNDADA EN PARTE la mencionada acusación; ello por
cuanto sólo se ordena la aplicación de una sanción moral por tal infracción
considerando que según se evidencia en la ficha clínica y reportes
médicos del Centro de Salud del Caserío “Los Andinos de New York”
del distrito de Challapalca, lugar de nacimiento del imputado Fidel,
éste tuvo una caída al nacer y que le afectó directamente a su modesto
cerebro, hecho que le provocó ausencia de inteligencia permanente
por lo que mal haría este Tribunal en sancionar una estupidez de por si
natural.
Por estas consideraciones, este Tribunal, con la autoridad que le confiere el
Código de Ética de los Doctores
RESUELVE
Declarar FUNDADO EN PARTE
interpuesto
por
Xtragos;
en
el recurso de
consecuencia,
agravio constitucional
dispone
EXPULSAR
