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Revista de Actualidad Jurídica “LA TRIBUNA DEL ABOGADO”
CPP). Si media acusación fiscal, el
acusado dentro del plazo de diez
días,
puede
solicitar
el
sobreseimiento del proceso (art.
350.1.d del CPP), el mismo que se
resolverá en audiencia preliminar de
control de acusación (art. 351 del
CPP).
CANTIZANO, BRAMONT –
ARIAS TORRES, Luis Alberto /
GARCÍA CANTIZANO, María
del Carmen, Manual de
derecho penal. Parte especial.
Perú – Lima: Editorial San
Marcos. Segunda Edición.
Lima 1996
El juez de investigación preparatoria,
de oficio, puede declarar la excepción
de improcedencia de la acción (art.
6.1.b. del CPP), durante la etapa de
investigación
preparatoria,
se
entiende sin audiencia de debate,
solo con la expedición de la
resolución escrita, notificada a los
sujetos procesales, a efectos de
posibilitar
su
impugnación.
Asimismo, en la etapa intermedia, de
oficio,
puede
declarar
el
sobreseimiento del proceso en la
audiencia preliminar de control de
acusación (art. 351 del CPP).
CARO CORIA, Dino Carlos.
Código
penal.
Actuales
tendencias jurisprudenciales
de la práctica penal. Perú –
Lima: Gaceta Jurídica, 2002.
DE TRAZEGNIES GRANDA,
Fernando.
Pensando
insolentemente:
tres
perspectivas
académicas
sobre el Derecho, seguidas de
otras insolencias jurídicas.
Fondo
Editorial
de
la
Pontificia
Universidad
Católica del Perú. Lima, 2001
8. BIBLIOGRAFÍA
MUÑOZ CONDE, Francisco.
Derecho penal y control
social,
Ed.
Fundación
Universitaria de Jeréz de la
Frontera, España, 1985
PEÑA CABRERA FREYRE,
Alfonso Raúl. Derecho penal.
Parte general. Teoría del
delito y de la pena y sus
BAJO FERNÁNDEZ, Derecho
Penal. Parte Especial, segunda
edición, Ed. Centro de
Estudios RAMÓN ARECES,
Madrid, 1989
BRAMONT–ARIAS
TORRES/GARCÍA
Instituto de Capacitación y Desarrollo – ICADE
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