CODIGO DE ETICA MECATRONICA.pdf


Vista previa del archivo PDF codigo-de-etica-mecatronica.pdf


Página 1 2 3 4 5 6 7 8 9

Vista previa de texto


d. Los ingenieros no intentarán atraer a un ingeniero de otro empleador mediante ofertas o presentaciones falsas
o equívocas.
e. Los ingenieros no promoverán sus propios intereses a costa de la dignidad y la integridad de la profesión.
2. Los ingenieros procurarán, en todo momento, servir el interés público.
a. Se anima a los ingenieros a participar en los asuntos públicos; la orientación vocacional para los jóvenes, y el
trabajo para el mejoramiento de la seguridad, la salud y el bienestar de la comunidad. b. Los ingenieros
no completarán, firmarán ni sellarán planos ni especificaciones que no estén en conformidad con las normas técnicas
pertinentes. Si el cliente o empleador insisten en tal conducta no profesional, los ingenieros notificarán a las
autoridades que corresponda y se abstendrán de dar más servicios en el proyecto.
c. Se anima a los ingenieros a ampliar el conocimiento del público y su aprecio por la ingeniería y sus logros.
d. Se anima a los ingenieros a cumplir con los principios de desarrollo sostenible1 para proteger el medio ambiente
para generaciones futuras.
3. Los ingenieros evitarán toda conducta o práctica que engañe al público.
a. Los ingenieros evitarán el uso de declaraciones que contengan una representación material falsa de un hecho o que
omitan un hecho material.
b. De forma coherente con lo anterior, los ingenieros pueden publicar avisos para captar personal.
c. De forma coherente con lo anterior, los ingenieros pueden preparar artículos para la prensa técnica o no
especializada, pero tales artículos no implicarán un crédito para el autor por el trabajo que hayan hecho otros.
4. Los ingenieros no divulgarán, sin consentimiento, la información confidencial relacionada con asuntos de negocios
o procesos técnicos de algún cliente o empleador, actual o anterior, o del organismo público para el cual presten
servicios.
a. Los ingenieros no promoverán ni harán arreglos para un nuevo empleo o práctica, sin el consentimiento de todas las
partes interesadas, en relación con un proyecto específico por el cual el ingeniero ha obtenido un conocimiento
particular y especializado.
b. Los ingenieros no se asociarán ni representarán, sin el conocimiento de todas las partes interesadas, un interés
adversario en relación con un proyecto o procedimiento específico en el cual el ingeniero ha obtenido un conocimiento
particular especializado a nombre de un cliente o empleador anterior.
5. Los ingenieros no serán influidos en sus deberes profesionales por intereses en conflicto.