Rutrans 2 Hormonización.pdf

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Atención en salud
a Personas Trans
Las personas Trans tenemos derecho a acceder a
procedimientos médicos, farmacológicos y quirúrgicos
de manera libre y voluntaria, para ello debemos firmar
un consentimiento informado que te permita
comprender claramente las implicaciones y riesgos de
estos procedimientos. (Cor te Constitucional,
Sentencias T-771/13, T-552/13 y T-622/14)
Las EAPB están obligadas a cubrir los procedimientos
médicos, quirúrgicos, entrega de medicamentos y todas
las consideraciones médicas necesarias para garantizar
una construcción del cuerpo a partir de la solicitud
explícita que hagamos a nuestro prestador de salud.
(Corte Constitucional, Sentencia T-004/12).
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Recuerda que durante los procesos que queramos realizar a través del sistema de
salud, todo el personal médico deberá ofrecernos el mayor bienestar posible, así
como abstenerse de causarte daño de ninguna manera. (Corte Constitucional,
Sentencias T-974/04, T-597/01 y T-1021/03)
