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Sábado 28 de diciembre de 2019
DIARIO OFICIAL
(Tercera Sección)
99
INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO
¿Qué tengo que hacer para realizar el Trámite o Servicio?
En el Portal del SAT:
Preinscripción:
•
Ingresa al Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx
•
Selecciona la pestaña “Empresas”, posteriormente el apartado “Trámites del RFC”, seguido de Inscripción al RFC y por
último la opción “Preinscribe tu empresa en el RFC”.
•
Llena los datos solicitados en el formulario y confirma la información.
•
Imprime el acuse de preinscripción al Registro Federal de Contribuyentes.
En la Oficina del SAT:
•
Acuda con la documentación del trámite a la oficina del SAT, previa cita.
•
Entregue la documentación al personal que atenderá su trámite.
•
Reciba su solicitud y acuse único de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes o acuse de presentación
inconclusa de solicitud de inscripción o aviso de actualización en el RFC, que contiene el motivo por el cual no se
concluyó su trámite.
¿Qué requisitos debo cumplir?
En el Portal del SAT como preinscripción:
•
No se requiere presentar documentación.
En la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente:
•
Acuse de preinscripción en el RFC, en caso de haber iniciado la solicitud a través del Portal del SAT.
•
Documento constitutivo protocolizado (copia certificada).
•
Comprobante de domicilio, cualquiera de los señalados en el inciso B) del apartado de Definiciones de este Anexo
(original).
•
Poder notarial en caso de representación legal, que acredite la personalidad de la o el representante legal (copia
certificada), o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante Fedatario
Público (original). Si fue otorgado en el extranjero deberá estar debidamente apostillado o legalizado y haber sido
formalizado ante fedatario público mexicano y en su caso, contar con traducción al español realizada por perito autorizado.
•
Identificación oficial vigente de la o el representante legal, cualquiera de las señaladas en el inciso A) del apartado de
Definiciones de este Anexo (original).
•
Personas morales diferentes del Título III de la Ley del ISR, deberán contar con clave de RFC válido, de cada uno de los
socios, accionistas o asociados dentro del acta constitutiva. En caso de que el RFC válido de los socios, accionistas o
asociados no se encuentren dentro del acta constitutiva la o el representante legal debe presentar manifestación por
escrito que contenga las claves de RFC correspondientes.
•
En el caso de personas morales y asociaciones en participación residentes en México que cuenten con socios, accionistas
o asociados residentes en el extranjero que no están obligados a solicitar su inscripción en el RFC, utilizarán el RFC
genérico siguiente:
•
Personas físicas: EXTF900101NI1
•
Personas morales: EXT990101NI1
De forma especial, si usted se encuentra en algunos de los siguientes supuestos, deberá presentar:
a)
•
Personas distintas de sociedades mercantiles:
Documento constitutivo de la agrupación (original o copia certificada), o en su caso la publicación en el diario, periódico o
gaceta oficial (copia simple o impresión).
b)
Misiones Diplomáticas:
•
Documento con el que la SRE reconozca la existencia de la misión diplomática en México.
•
Con los requisitos señalados, las misiones diplomáticas de estados extranjeros debidamente acreditadas, deberán solicitar
su inscripción en la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente del Distrito Federal “2”, ubicada en
Paseo de la Reforma Norte No. 10, piso 2, edificio Torre Caballito, Colonia Tabacalera, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06030,
Cuidad de México.
c)
Asociaciones en participación:
•
Contrato de la asociación en participación, con ratificación de las firmas del asociado y del asociante ante cualquier
Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente en términos del artículo 19 del CFF (original).
•
Identificación oficial vigente de los contratantes, cualquiera de las señaladas en el inciso A) del apartado de Definiciones
de este Anexo (original).
•
Acta constitutiva y poder notarial que acredite al representante legal, en caso de que participe como asociante o asociada
una persona moral (copia certificada).
