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(Tercera Sección)
DIARIO OFICIAL
Sábado 28 de diciembre de 2019
•
Testimonio o póliza, en caso de que así proceda, donde conste el otorgamiento del contrato de asociación en participación
ante Fedatario Público, que éste se cercioró de la identidad y capacidad de los otorgantes y de cualquier otro
compareciente y que quienes comparecieron en representación de otra persona física o moral contaban con la
personalidad suficiente para representarla al momento de otorgar dicho instrumento.
•
Identificación oficial vigente, del asociante (en caso de personas físicas), cualquiera de las señaladas en el inciso A) del
apartado de Definiciones de este Anexo (original).
•
Poder notarial que acredite la personalidad del representante legal, en caso de que el asociante sea persona moral (copia
certificada).
•
Documento donde conste la ratificación de contenido y firmas de quienes otorgaron y comparecieron el contrato de
asociación en participación ante Fedatario Público, que éste se cercioró de la identidad y capacidad de los otorgantes y de
cualquier otro compareciente y de que quienes comparecieron en representación de otra persona física o moral contaban
con la personalidad suficiente para representarla al momento de otorgar dicho contrato (copia certificada).
Personas morales residentes en el extranjero con o sin establecimiento permanente en México:
•
Acta o documento constitutivo debidamente apostillado o legalizado, según proceda. Cuando éstos consten en idioma
distinto del español debe presentarse una traducción al español realizada por un perito autorizado (copia certificada).
•
Los extranjeros que residan en un país o jurisdicción con los que México tenga en vigor un acuerdo amplio de intercambio
de información y que realicen operaciones de maquila a través de una empresa con programa IMMEX bajo la modalidad
de albergue, podrán exhibir el contrato suscrito con la empresa con programa IMMEX bajo la modalidad de albergue en
lugar del acta o documento constitutivo. Cuando el contrato conste en idioma distinto del español, debe presentarse una
traducción al español realizada por un perito autorizado (copia certificada).
•
Contrato de asociación en participación, en los casos que así proceda, con firma autógrafa del asociante y asociados o de
sus representantes legales (original).
•
Contrato de fideicomiso, en los casos en que así proceda, con firma autógrafa del fideicomitente, fideicomisario o de sus
representantes legales, así como del representante legal de la institución fiduciaria (original).
•
Documento con que acrediten el número de identificación fiscal del país en que residan, cuando tengan obligación de
contar con éste en dicho país, en los casos en que así proceda (copia certificada, legalizada o apostillada por autoridad
competente).
•
Acta o documento debidamente apostillado o legalizado, en los casos en que así proceda, en el que conste el acuerdo de
apertura del establecimiento en el territorio nacional (copia certificada).
•
Decreto o acuerdo por el cual se crean dichas entidades, publicado en órgano oficial (copia simple o impresión del diario,
periódico o gaceta oficial), o bien, copia simple de las disposiciones jurídicas vigentes que acrediten su constitución,
personalidad jurídica y estructura orgánica.
•
Tratándose de unidades administrativas u órganos administrativos desconcentrados, la autorización del ente público al que
pertenezcan.
Administración Pública y demás Órganos de Estado (Federal, Estatal, Municipal):
f)
Sindicatos:
•
Estatuto de la agrupación (original).
•
Resolución de registro emitida por la autoridad laboral competente (original).
g)
•
Demás figuras de agrupación que regule la legislación vigente:
Documento constitutivo que corresponda según lo establezca la ley de la materia (original).
h)
•
Empresas exportadoras de servicios de convenciones y exposiciones:
Documento que acredite que el interesado es titular de los derechos para operar un centro de convenciones o de
exposiciones (original).
Asociaciones religiosas:
•
Certificado de Registro Constitutivo que emite la Secretaría de Gobernación, de conformidad con la Ley de Asociaciones
Religiosas y Culto Público y su Reglamento (original).
•
Exhibir, en sustitución de la copia certificada del documento constitutivo protocolizado, el Certificado de Registro
Constitutivo que emite la Secretaría de Gobernación, de conformidad con la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto
Público y su Reglamento (original).
•
Estatutos de la asociación protocolizados (original).
•
Dictamen de la solicitud para obtener el registro constitutivo como asociación religiosa, emitido por la Secretaría de
Gobernación (original).
j)
Fideicomisos:
•
Contrato de fideicomiso, con firma autógrafa del fideicomitente, fideicomisario o de sus representantes legales, así como
del representante legal de la institución fiduciaria, protocolizado ante Fedatario Público (copia certificada), o bien Contrato
con ratificación de las firmas originales ante cualquier Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente en
términos del artículo 19 del CFF (original). En el caso de entidades de la Administración Pública, diario, periódico o gaceta
oficial donde se publique el Decreto o Acuerdo por el que se crea el fideicomiso (impresión o copia simple).
•
Número de contrato del fideicomiso.
