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Sábado 28 de diciembre de 2019
DIARIO OFICIAL
(Tercera Sección)
7
Tratándose de impuestos acreditados, retenidos o pagados, deberá aportar las
constancias de retenciones, así como los comprobantes fiscales
correspondientes.
X
8
Tratándose de la solicitud de un remanente después de compensaciones o de
devoluciones, deberá acompañar papeles de trabajo, con el cálculo
pormenorizado de su determinación, actualización y aplicación, indicando, en su
caso, el número de folio del aviso de compensación, o bien número de oficio de
las resoluciones a través de las que se autorizó la devolución parcial, según sea
el caso.
X
9
Escrito libre firmado por el/la contribuyente o su representante legal, mediante el
cual exponga los motivos o circunstancias por las cuales se originó el saldo a
favor solicitado.
X
10
Encabezado del estado de cuenta que expida la institución financiera, o bien, del
contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del
contribuyente, así como el número de cuenta bancaria (CLABE), cuando se
encuentre obligado.
*Tratándose de solicitudes de devolución presentadas a través del Portal del SAT, todas las documentales deberán ser
aportadas en forma digitalizada (archivo con formato zip).
Tabla 8.9. Documentación que podrá ser requerida por la autoridad
Solicitud de devolución del IETU
Grandes Contribuyentes o Hidrocarburos
No
Documentación
IETU
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con la solicitud de
devolución y que hayan sido omitidos o la solicitud de devolución y sus anexos,
se hayan presentado con errores u omisiones.
X
2
Los datos, informes, papeles de trabajo o documentos necesarios para aclarar
inconsistencias determinadas por la autoridad y/o para verificar la procedencia
del saldo.
X
3
Escrito libre firmado por el/la contribuyente o su representante legal en el que
aclare respecto a las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir
diferencias contra lo determinado por la autoridad.
X
4
Los datos, informes o documentos en los que se hayan detectado
inconsistencias, que se relacionen con el requerimiento de la documentación
señalada con anterioridad.
X
*Tratándose de solicitudes de devolución presentadas a través del Portal del SAT, todas las documentales deberán ser
aportadas en forma digitalizada (archivo con formato zip).
Tabla 8.10. Solicitud de devolución del IDE
Grandes Contribuyentes o Hidrocarburos
No
Documentación
IDE
1
FED, Formato Electrónico F3241 y sus anexos correspondientes.
X
2
Tratándose de la primera solicitud de devolución o, en caso, de promover ante
una Administración General distinta a aquélla ante la cual haya presentado
solicitudes con anterioridad; documento (escritura constitutiva o poder notarial)
que acredite la personalidad de el/la representante legal que promueve.
X
3
Cuando se sustituya o designe otro/otra representante legal, deberá adjuntar el
poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
X
4
Identificación oficial vigente de las señaladas en el inciso A) del apartado de
Definiciones de este Anexo, de el/la contribuyente o de el/la representante legal.
X
5
Recibos o constancias donde se demuestre el entero del impuesto, expedido por
la Institución Bancaria que recaudó el impuesto.
X
6
Tratándose de personas no obligadas a dictaminar estados financieros,
presentarán Dictamen de contador público inscrito del saldo a favor que solicitan
en el mes.
X
7
Encabezado del estado de cuenta que expida la institución financiera, o bien, el
contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del
contribuyente, así como el número de cuenta bancaria (CLABE), cuando se
encuentre obligado.
X
*Tratándose de solicitudes de devolución presentadas a través del Portal del SAT, todas las documentales deberán ser
aportadas en forma digitalizada (archivo con formato zip).
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