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Sábado 28 de diciembre de 2019
DIARIO OFICIAL
27.
IETU, el impuesto empresarial a tasa única.
28.
INPC, el Índice Nacional de Precios al Consumidor.
29.
ISAN, el impuesto sobre automóviles nuevos.
30.
ISR, el impuesto sobre la renta.
31.
ISTUV, el impuesto sobre tenencia o uso de vehículos.
32.
IVA, el impuesto al valor agregado.
33.
LFD, la Ley Federal de Derechos.
(Tercera Sección)
23
34. LGSM, la Ley General de Sociedades Mercantiles.
35.
LIF, la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2019.
36.
LISH, Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.
37.
LSEM, la Ley del Servicio Exterior Mexicano.
38.
Oficinas del SAT: las Administraciones Desconcentradas de Servicios al Contribuyente adscritas a la
Administración General de Servicios al Contribuyente.
39.
OV, el Órgano Verificador para garantizar y verificar el cumplimiento de las obligaciones a cargo del
PSA.
40.
Portal del SAT y de la Secretaría, www.sat.gob.mx y www.shcp.gob.mx, respectivamente.
41.
PSA, el Proveedor de Servicio Autorizado para juegos con apuestas y sorteos.
42.
Reglamento de la LFPIORPI, Reglamento de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de
Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.
43.
RFA, la Resolución de Facilidades Administrativas para los sectores de contribuyentes que en la
misma se señalan para 2020.
44.
RFC, el Registro Federal de Contribuyentes.
45.
RIF, el Régimen de Incorporación Fiscal.
46.
RMF, la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
47.
SAT, el Servicio de Administración Tributaria y por RISAT, el Reglamento Interior del Servicio de
Administración Tributaria.
48.
Secretaría, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
49.
SEM, el Servicio Exterior Mexicano.
50.
SRE, la Secretaría de Relaciones Exteriores.
51.
SIPRED, el Sistema de Presentación del Dictamen de estados financieros para efectos fiscales.
52.
UMA, la Unidad de Medida y de Actualización.
1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes
Para efectos de este Anexo se entenderá, salvo que se señale en el mismo lo contrario, por:
A.
Identificación oficial, cualquiera de las siguientes:
1.
Credencial para votar vigente, expedida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal
Electoral).
2.
Pasaporte vigente.
3.
Cédula profesional vigente.
4.
Licencia de conducir vigente y en el caso de menores de edad permiso para conducir vigente.
