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irrecurrible, que será publicado en la página Web del Poder Judicial. El mismo
tendrá una vigencia conforme lo decida el Alto Cuerpo. La selección final será
el resultado de las evaluaciones en su conjunto, y deberán someterse al
examen médico preocupacional correspondiente. Cada una de las instancias
de oposición previstas tendrá carácter irrecurrible.
IX) RECORDAR que quienes resulten designados, estarán
comprendidos por el régimen de incompatibilidad, derechos y obligaciones que
establece la Ley Orgánica de Administración de Justicia de la Provincia de San
Luis y asimismo deberán fijar domicilio real en la Segunda Circunscripción
Judicial, dentro de los treinta (30) días posteriores a su designación.
X) ORDENAR que el presente llamado a Concurso se publique
por un (1) día en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia de San Luis, en un
diario de mayor circulación de la Provincia de San Luis y en la página web del
Poder Judicial de la Provincia de San Luis (lo cual quedará bajo la
responsabilidad de la Dirección de Prensa y Dirección Contable).
XI) ORDENAR la difusión del presente llamado a Concurso a
través de la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de Justicia de las
Provincias Argentinas y Ciudad Autónoma de Buenos Aires (JU.FE.JUS), a
través del Colegio de Profesionales correspondiente y de Instituciones
académicas afines, por medio de la Dirección de Recursos Humanos.XII) DISPONER que todas las comunicaciones, citaciones,
convocatorias y resoluciones referidas a este concurso serán difundidas
mediante su publicación en la página Web del Poder Judicial, quedando
debidamente notificados.
XIII) DETERMINAR que la inscripción en el Concurso implica la
aceptación de todas las condiciones del presente Acuerdo.
Con lo que se dio por terminado el presente acto, disponiendo los
Señores Ministros se comunique a quienes corresponda.-

DRH