ORD. DE REFORMA GENERAL DE LA HACIENDA PÚBLICA MUNICIPAL.pdf


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GACETA MUNICIPAL DE SAN DIEGO
Aplicación Preferencial de Normas
ARTÍCULO 110.- Los procedimientos
establecidos en esta Ordenanza se
aplicarán con preferencia a los previstos
en el ordenamiento jurídico vigente. Sin
embargo, todo lo no contemplado por
esta Ordenanza se regirá por las
disposiciones del Código Orgánico
Tributario.
Vigencia
ARTÍCULO 111.- La presente
Ordenanzaa entrará en vigencia dentro de
los treinta (30) días siguientes a su
publicación.
Derogatoria
ARTÍCULO 112.- Se deroga la
Ordenanza sobre la Hacienda Pública
Municipal, publicada el veintisiete (27)
de octubre del dos mil, en Gaceta
Municipal, así como todas aquellas
disposiciones que coliden con esta
Ordenanza.
Dada, firmada y sellada en el Salón
donde realiza sus sesiones el Concejo
Municipal de San Diego, a los once días
del mes de febrero del año dos mil
quince. Años 204° de la Independencia
y 155º de la Federación.

ABG. RONALD A. GONZÁLEZ H.
PRESIDENTE DEL CONCEJO
MUNICIPAL DE SAN DIEGO

ABG. LUIS E. SAAVEDRA ARDILA
SECRETARIO DEL CONCEJO
MUNICIPAL DE SAN DIEGO
República Bolivariana de Venezuela,
Estado
Carabobo,
Alcaldía
del
Municipio San Diego, a los once días
del mes de febrero de año dos mil
quince. Año 204° de la Independencia y
155° de la Federación.

PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE

ABG. LEÓN JURADO LAURENTÍN
ALCALDE (E) DEL MUNICIPIO
SAN DIEGO

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