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Art. 33 Para mantener este orden en la premiación, se requiere al menos 10 competidores por
categoría, además de un total de no menos de 100 competidores, Caso contrario se redistribuirá
proporcionalmente.
Art. 34 La ceremonia de premiación se efectuará momentos después de concluida la última etapa.
Art. 35 A la ceremonia de premiación los ciclistas deben presentarse con su indumentaria de
competencia, sin casco y sin lentes de sol. En caso de no asistencia pierde el beneficio obtenido
Art. 36 La clasificación general se constituirá por la suma de tiempo de las tres etapas, consideradas
las bonificaciones. En caso de empates de tiempo, En caso de un empate, se recurrirá a la suma de
puestos obtenidos en cada etapa y en último caso a la plaza obtenida en la última etapa disputada.

XIV CAPITULO: DE LAS BONIFICACIONES
Art. 37 Las etapas tendrán la siguiente bonificación en la meta final, aplicable a la clasificación
general individual:
1ro. 10 Segundos.
2do. 6 Segundos.
3ro. 4 Segundos.

XV CAPITULO: DE LOS VEHÍCULOS DE AUXILIO
Art. 38 Se debe inscribir un vehículo por club. Respetando la altura máxima permitida de 1,66
metros (Ficha inscripción). Los vehículos no inscritos no pueden realizar ningún tipo de asistencia a
los ciclistas, esta acción dará origen a una sanción al corredor.
Art. 39 En las etapas a los vehículos de auxilio se les entregará dos números para ser pegados en la
parte delantera y trasera del lado izquierdo del vehículo, sin ambos distintivos será imposible asistir
a sus corredores. El orden de caravana del día viernes se realizara por sorteo, el día sábado será de
acuerdo a la clasificación general individual concluida el día viernes.
Art. 40 Ningún vehículo de auxilio podrá sobrepasar al Vehículo de los Comisarios, sin la autorización
de éste, aún en zona de abastecimiento para las etapas en línea.
Art. 41 Ningún vehículo podrá remolcar o llevar a estela a un ciclista que haya sufrido alguna avería
mecánica, caída o pinchazo o haya recibido atención médica.
Art. 42 Por instrucciones de la autoridad competente, los vehículos de auxilio deben circular por la
derecha de la calzada, cumpliendo con la reglamentación del tránsito vigente, es decir, no adelantar
en línea continua, en curvas, puentes, Etc.
Art. 43 En las etapas en línea se prohíbe a los vehículos de auxilio el uso de amplificación de sonido,
Los altavoces.