PEP ADMINISTRACION Modf 20 agosto DE 2014... (1).pdf

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UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR
Vicerrectoría Académica
Comité Técnico de Autoevaluación y Acreditación
Laboratorio empresarial
Centro de Investigación Empresarial
Comité de admisiones del programa
Unidad de Relaciones Públicas Internacionales (URPI)
Comité de pruebas saber – pro.
5.10 CRITERIOS DE PERMANENCIA
ESTUDIANTES EN EL PROGRAMA
Y
DE
PROMOCIÓN
DE
LOS
El Reglamento Estudiantil tiene inmerso los criterios que le garanticen al estudiante sus
periodos académicos considerados éstos como su permanencia, como también los
mecanismos establecidos por la institución para que este pueda obtener su título de
formación una vez cumplido su ciclo académico:
El artículo 37 del Acuerdo No. 009 de 1994 del Consejo Superior Universitario
(Reglamento Estudiantil) establece la permanencia del estudiante en la institución a través
de su promedio ponderado semestral y por promedio ponderado acumulado que para el
efecto su mínimo es 3.0 cuando éste no haya aprobado un mínimo del 60% de sus
créditos matriculados.
El artículo 16, numeral 3 del citado Acuerdo, establece que un estudiante puede registrar
un máximo de Veinte (20) créditos académicos por semestre y en caso excepcional hasta
24 si tuviese un promedio acumulado de carrera de 4.0, lo que le brinda facilidad al
estudiante para desarrollar su plan de estudio de manera flexible y eficiente.
El Artículo 34 especifica los tipos de exámenes que serán aplicados al estudiante los
cuales son:
De validación por suficiencia
Parciales
Finales
De Habilitación
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