20141027 Acta CI Personal, EconomÃa y Hacienda Ayto. Zamora.pdf

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facturas de más importe, y que no es lógico presentar facturas por un café para justificar fondos
públicos de subvenciones.
El Secretario que suscribe informa a los señores concejales asistentes a esta sesión
que ante esta situación ha pedido al Departamento de Participación Ciudadana que ayude a los
representantes de las asociaciones de vecinos en la presentación de las memorias
justificativas, ya que generalmente se trata de personas que generalmente no son letrados en
esta materia, y se les están pidiendo dos memorias-informe, una previa de realización de
actividad y otro informe escrito justificativo del previo pago.
Que como complemento se remite a su informe de 17 de octubre del corriente, en el
que se especifican más detalladamente todos los controles que, además de los que se están
debatiendo existen: y en el supuesto de que se produjese una suplantación de la personalidad
en la justificación de las subvenciones concedidas se cuenta con la vía penal y la civil.
El Sr. Vicente Pastor manifiesta que eso supondría desplazar la responsabilidad al
Interventor del Ayuntamiento por no exigir mecanismos de control.
El Secretario que suscribe responde que, a su parecer, con esta modificación no se
priva de esos controles, sino que lo que se pretende es aliviar el "peso" o carga que le supone
a esas Asociaciones las exigencias para la justificación de subvenciones, pese a que
personalmente también lo realizaría mediante transferencia bancaria pero, las beneficiarias no
lo hacen y se debe tener en cuenta las características de las mismas.
En uso de la palabra el Sr. Interventor insiste y repite que este sistema, introducido en
la modificación, complica más las justificaciones de las Asociaciones de Vecinos, porque reitera
que la Intervención va a pedir toda la documentación que tiene que exigir conforme a ley, ya
que lo contrario implicaría la responsabilidad directa como Interventor y, esto, como ya ha
dicho, no es facilitar las cosas a esas asociaciones de vecinos.
Seguidamente interviene el Sr. Fuentes López, concejal del Grupo Socialista, para
manifestar que detecta el siguiente problema o dilema después de las consideraciones y
argumentaciones realizadas por los funcionarios públicos que asisten a esta comisión
informativa, realizados "in voce", ya que por un lado, si se acepta la propuesta de modificación
en los términos que se presenta, las asociaciones beneficiarias de estas subvenciones van a
tener más problemas para la justificación de las mismas; y por otro, también fruto de esas
discrepancias técnico-jurídicas, se han realizado dos propuestas alternativas a este asunto:
una formulada por su compañero de grupo, el Sr. Vicente Pastor, relativa a que el sistema
propuesto en la modificación se aplique únicamente a los gastos menores y la otra del Sr.
Guarido Viñuela, concejal del Grupo de Izquierda Unida, de dejar sobre la mesa este asunto y
resolverlo en la próxima sesión ordinaria de esta Comisión Informativa, una vez se haya
estudiado más detenidamente, porque no se considera urgente.
Toma la palabra el Sr. Presidente de esta Comisión Informativa para precisar que,
efectivamente, la propuesta de modificación de la Ordenanza General de Subvenciones de
este Ayuntamiento no es urgente, y atendiendo a la propuesta realizada por el Sr. Vicente
Pastor en cuanto al gasto menor o "de bolsillo" y las demás cuestiones planteadas, considera
que este asunto debe de estudiarse y meditarse con más tiempo. Que el Equipo de gobierno
entiende que los controles sobre la disposición de fondos públicos deben existir y,
evidentemente, justificarse adecuadamente su destino, por lo que antes de modificar el texto a
introducir en la Ordenanza objeto de este punto, hay que consensuar el mismo.
Interviene de nuevo el Sr. Interventor Municipal para matizar que la modificación
propuesta no solo va a afectar a las subvenciones de las asociaciones de vecinos, sino a todas
las subvenciones que convoque y conceda el Ayuntamiento de Zamora, ya que lo que se
propone es la modificación de la Ordenanza General del mismo, de aplicación a la generalidad
de las subvenciones municipales.
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