ESTATUTO GENERAL 2013 2020.pdf


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sin requerir autorización, ante cualquier autoridad administrativa, de trabajo o
judicial, en cualquier asunto, contando con amplias facultades para intervenir en
todos los actos jurídicos, administrativos y de cualquier otra naturaleza, pudiendo
inclusive, de manera enunciativa pero no limitativa, intentar y desistirse de toda
clase de procedimientos, inclusive solicitar y desistirse del juicio de amparo y
de recursos, para transigir, para comprometer en árbitros o arbitradores, para
absolver o articular posiciones, para recusar, para recibir pagos, para presentar
denuncias y querellas en materia penal y para desistirse de ellas cuando lo
permita la Ley, así como para constituirse en tercero coadyuvante del ministerio
público y solicitar la reparación del daño, realizar todos los actos y otorgar
cualquier tipo de contrato o convenio tendientes a la conservación y ampliación
del patrimonio del SNTSA, con excepción de lo que establece la fracción III de
este mismo artículo; conceder el perdón, conciliar, así como otorgar poderes
generales, de administración, especiales, de dominio o de cualquier otra índole.
III. En los casos de venta de bienes inmuebles pertenecientes al patrimonio del
SNTSA, se requiere el acuerdo previo del Pleno del CEN. En el caso de venta de
bienes muebles no habrá restricción alguna.
IV. Para la compra, donación o adjudicación de bienes muebles e inmuebles
tampoco existirá ninguna restricción.
V. Desempeñar el cargo de representación política nacional del SNTSA.
VI. Ser integrante ex-oficio de toda Comisión Nacional Auxiliar, Representación
o Dirección del CEN.
VII. Presidir:
a) La Delegación o Representación del SNTSA ante los Congresos y Consejos
de la FSTSE,
b) Los plenos del CEN,
c) Los Consejos
d) Los Congresos Ordinarios, hasta la elección e instalación de la Mesa
Directiva,
e) La Mesa Directiva de los Congresos Extraordinarios.
VIII. Atender los asuntos que requieran una intervención inmediata o que no
permitan el previo acuerdo del CEN, siempre y cuando no se comprometan los
intereses del SNTSA.
IX. Nombrar a los representantes del SNTSA, ante las Juntas de Gobierno de los
Organismos Públicos Descentralizados de Salud.
4 2 / ESTATUTO GENERAL DEL SNTSA