RESUMEN Derecho Penal I [Programa 2014].pdf

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Juan Ignacio Décimo
Se encargó a una comisión supervisada por SOLER, la redacción de un nuevo
proyecto de Código Penal. Continúa la línea iniciada por el Proyecto de 1960. No tuvo
mayor repercusión.
3.9.10. El Proyecto de 1994
Propiciado por el Poder Ejecutivo, sobre la base de las innovaciones sugeridas por
Eugenio R. ZAFFARONI.
3.9.11. El Proyecto del 2006
Anteproyecto de Código Penal elevado el 18 de mayo de 2006 por la una comisión
designada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación por
Resolución 303 del 2004.
Características:
1) Se abandona la lógica del Código vigente, en el que la libertad y propiedad son
considerados bienes principales. Ahora estos pasan a ser parte de un conjunto de
bienes esenciales encabezados por los derechos humanos: la parte especial inicia
con los delitos de lesa humanidad.
2) Tipifica el delito de desaparición forzada de personas.
3) En el art. 2° se sanciona en forma expresa el principio de universalidad
derivado de ius cogens.
4) Imprescriptibilidad de las acciones derivadas de delitos de lesa humanidad, y
también de las penas aplicadas por delitos de lesa humanidad.
5) Redefine mejor el delito de tortura.
6) Amplía los casos actuales de acciones dependientes de instancia privada y
acciones privadas, incluyendo distintos supuestos en que, por regla general, podría
entenderse que la afectación derivada de la acción típica no excede la persona de
la víctima, o está desprovista de una proyección general (hurto simple, estafas,
daños, cheques sin fondo, etc.).
7) Reincorpora en el CP el delito de infanticidio, con mejor redacción, e introduce
la posibilidad de homicidio calificado por atenuación, por motivo piadoso, o
eutanasia.
8) Se amplían los casos de aborto no punible, en casos en que se justifiquen.
9) Redefine el tipo del secuestro extorsivo.
10) Desaparece el delito de asociación ilícita.
11) Se incorporan al CP delitos nuevos: delito de acto de discriminación, delitos
referidos a internet y correo electrónicos, penaliza la utilización de cámaras o
registros ocultos, introduce la protección penal de las condiciones legales de la
relación laboral, delitos contra la competencia, contra el medio ambiente, protección
de datos informáticos, delitos de desabastecimiento.
12) Desaparece la pena perpetua y la especie de pena de reclusión.
13) Desaparee la aplicación del encierro por “tiempo indeterminado”.
14) Se modifican las escalas máximas
15) Fija en 25 años la duración máxima de la pena de prisión (la única privativa de
libertad) que no sean aplicadas por casos de delitos de lesa humanidad y
homicidios calificados por agravación, en las cuales eleva a 30 años ese máximo.
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