RESUMEN Derecho Penal I [Programa 2014].pdf


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Juan Ignacio Décimo
vigentes y construir un sistema con ese material. Las operaciones necesarias para
alcanzar el resultado son:
1. La descripción y el aislamiento de cada figura jurídica.
2. La comparación, jerarquización y agrupamiento de ellas para inducir principios
generales o criterios sistemáticos y distributivos.
3. Finalmente, la deducción verificante de la exactitud de los principios alcanzados.
4.2. LA POLÍTICA CRIMINAL
a) En una primera acepción, la política criminal se refiere a los criterios a emplear
para abordar el fenómeno de la criminalidad y tiene por finalidad adecuar la legislación
penal a las necesidades de la defensa de la sociedad frente al delito, mediante la
configuración del elenco de los delitos, las penas y las medidas de seguridad y las
reglas que los rigen, así como el mejoramiento del procedimiento penal y de la
ejecución de las penas y de las medidas de seguridad y corrección.
A estos efectos, la política criminal, haciendo un examen crítico de la legislación
vigente, aprovecha para mejorarla, los datos de la criminología y de todos aquellos
aportes que considera útiles para cumplir su misión (ej: la jurisprudencia y doctrina
penales, experiencia carcelaria, política social, etc.).
b) Pero con frecuencia se habla de política criminal en otro sentido: como rama del
saber que tiene por objeto de estudio la política criminal efectivamente seguida por el
derecho penal o que éste debería expresar.
4.3. LA CRIMINOLOGÍA
Se ha experimentado una evolución en cuanto al objeto y método de la criminología
en el paso del tiempo:
Criminología tradicional: estudiaba el delito como ente de la realidad, y a sus
causas. Ciencia enciclopédica del delito que surge del positivismo criminológico, trata
al delito como fenómeno patológico individual y social.
Criminología crítica, de la reacción social (1960 en adelante). Estudia el derecho
penal como uno de los instrumentos de control social, selectivo, violento y corrupto.
Criminología tradicional: es una disciplina nacida de las exposiciones del
positivismo criminológico, influenciado por la corriente filosófica surgida a fines del
siglo XIX, que aplica métodos biológicos para el conocimiento de los fenómenos
sociales, que asimila la sociedad a un organismo, que trata a sus cuestiones con
términos médicos, sometiéndola al método causal-explicativo y que adhiere al
determinismo de las acciones humanas.
Para VON LISZT, la criminología es el estudio del delito como fenómeno, a diferencia
del derecho penal que lo estudia como ente jurídico. Se trata, según él, de una ciencia
causal-explicativa integrada por el estudio del proceso de causación.

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