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TITULO 2: DE LA PLANIFICACION
CAPITULO 1
TITULO 2
DE LA PLANIFICACION
CAPITULO 1
DE LA PLANIFICACIÓN URBANA Y SUS INSTRUMENTOS1
Disposiciones generales
Artículo
2.1.1.
El proceso de Planificación Urbana orientará o regulará, según el
caso, el desarrollo de los centros urbanos a través de los Instrumentos de Planificación Territorial que se señalan en este Capítulo. Cada uno de dichos instrumentos tendrá un ámbito de
acción propio, tanto en relación a la superficie de territorio que abarcan como a las materias y
disposiciones que contienen.
Las normas de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y de
esta Ordenanza priman sobre las disposiciones contempladas en los Instrumentos de Planificación Territorial que traten las mismas materias. Asimismo, estos instrumentos constituyen un
sistema en el cual las disposiciones del instrumento de mayor nivel, propias de su ámbito de
acción, tienen primacía y son obligatorias para los de menor nivel.
Artículo
2.1.2.
Los Instrumentos de Planificación Territorial, ordenados según su
ámbito de acción, son los siguientes:
-
Plan Regional de Desarrollo Urbano
Plan Regulador Intercomunal o Metropolitano
Plan Regulador Comunal con sus planos seccionales que lo detallen
Plan Seccional
Límite Urbano
Las áreas no reguladas por Instrumentos de Planificación Territorial
se regirán por las normas de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y de esta Ordenanza.2
1
2
Modificado por D.S. 75 – D.O. 25.06.01; reemplaza capítulo 1.
Modificado por D.S. 89 – D.O. 29.07.98.
MAYO 2009
PLANIF. 1-1
