Acta Plenaria Marzo 2013.pdf

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293/2009, de 7 de julio, por el que se aprueba el reglamento que regula las normas para la
accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía.
Este decreto en su disposición adicional tercera establece la elaboración de un Plan de
accesibilidad de las Administraciones Públicas andaluzas y sus entidades instrumentales, para
adaptar a las disposiciones del presente Decreto y sus normas de desarrollo, las
infraestructuras, espacios libres y viales, los edificios, establecimientos, instalaciones de uso y
concurrencia pública y los medios de transporte públicos, existentes a la entrada en vigor de
este Decreto, ya sean de su propiedad o estén bajo su uso, que sean susceptibles de ajustes
razonables.
Asimismo la Guía para la redacción de un Plan Municipal de Accesibilidad de la FEM y el mismo
Decreto ponen de relevancia que existe un plazo de ejecución de las actuaciones, de entre 10 y
12 años desde el 2009, que supone tres mandatos distintos, por ello se puede decidir su
redacción global o por etapas, por lo que no se entiende como establecer un plazo hasta que
no se decida la forma de actuación a llevar a cabo del mismo, ya que en el caso de realizarse
por etapas se deberán estudiar zonas determinadas del municipio y ejecutarlas y tras la
finalización de las mismas se acometerían otras nuevas y así a lo largo del tiempo.
Por tanto y teniendo en cuenta que un Plan de Accesibilidad es un plan de actuación,
cuyo objetivo es hacer accesible gradualmente el entorno existente, con el objetivo de que
todas las personas lo puedan utilizar libre y autónomamente, este ayuntamiento se adhirió a los
planes de Accesibilidad de la Provincia elaborados por Diputación en el año 2007, por lo que
vamos a votar en contra esta moción hasta que diputación nos remita la información técnica
elaborada en este plan, y a partir de ahí os informaremos sobre el toda la información recogida
por diputación y desarrollaremos un plan de acción futuro en el caso de que el estudio realizado
por diputación sea solo parcial.
En cualquier caso debemos dejar claro que en años anteriores se han llevado a cabo
todas aquellas mejoras que los servicios técnicos de la delegación de infraestructura y
urbanismo han determinado, por ejemplo la eliminación de barreras arquitectónicas en calle
Larga, Adelaida Cueto y Calvario con cargo a las obras del FEIL 2009, diversas adaptaciones de
los edificios municipales como el ascensor de la casa museo y casa de la cultura, las nuevas
dependencias de la policía que también cumple ahora en el nuevo edificio, etc. Así como todas
las obras que se realizan sobre los viales y acerados de nuestro municipio por la delegación de
infraestructura día a día.
Se debe hacer así por que ya viene recogido tanto en el decreto como la guía de la FEM.
Este apartado está recogido en los presupuestos 2013 ya que el decreto 293/2009 así lo
establece en su disposición adicional cuarta, cuando habla de la financiación de la accesibilidad
en las corporaciones locales. Si bien años anteriores se ha venido recogiendo esta partida
dentro de la partida de mantenimiento de infraestructura y se han llevado a cabo todas aquellas
mejoras que los servicios técnicos de la delegación de infraestructura y urbanismo han
determinado. En este punto saben que no hay ningún inconveniente.
A continuación D. Manuel Ortega Carmona indica que estamos en el momento de
rectificar errores del pasado. Durante 8 años que ha estado en el gobierno municipal, y como
autocrítica a lo que pudo hacer, se han hecho muchas cosas y también se han dejado de hacer
