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8.5.7. Que el plazo máximo para una instancia del proceso sea de seis meses,
prorrogables mediante resolución fundada.
8.5.8. Se sugiere estudiar y proponer el procedimiento al que debe sujetarse la Gran
Asamblea de la Gran Logia de Chile para el caso en que le corresponda juzgar al Gran
Maestro.
9. CONSIDERACIONES FINALES
La Comisión ha concluido su trabajo en la esperanza de haber contribuido seriamente a
la reforma que necesita en sus regulaciones internas la masonería chilena. Los problemas que
nuestra Augusta Orden ha sufrido en los últimos tiempos han de tomarse como una
oportunidad para echar las bases de un continuo y sólido crecimiento futuro. Para esto resulta
prioritario introducir más transparencia y efectividad en la gestión tanto propiamente masónica
como aquella relativa al uso de los recursos, como asimismo obtener una mayor participación
de las regiones y de la maestría en general en las decisiones mas trascendentales. La
Comisión estima que los principios generales esbozados en el informe constituyen una base
para seguir avanzando en la formulación específica de una reforma Constitucional y
reglamentaria, requiriendo ello una profunda discusión al interior de nuestras instancias de
gobierno.
Estima la Comisión que deben buscarse todos los medios posibles para que se hagan
posibles aquellas modificaciones Constitucionales y reglamentarias que precisa el momento
presente. Por eso la Comisión ha respaldado la modificación del Artículo 18 de la misma en el
sentido planteado por el propio Gran Maestro, esto es en orden a hacer viables los quórum
para aprobar cambios en la legislación interna. El planteamiento que ha formulado esta
Comisión y las orientaciones que provea en esta materia la próxima Asamblea Solsticial de la
Gran Logia de Chile precisan de las debidas formalidades para que puedan proceder en propiedad. En esa esperanza se ha emitido este Informe al Gran Maestro, para que decida sobre
los planteamientos que estime necesarios en vistas a las estipulaciones que precisa nuestra
Augusta Orden.
Valle de Santiago, a los 27 días del mes de septiembre del año 2008, e:.v:.