20130618 Acta Junta Gobierno Local Ayto. Zamora 18 06 13 aprobada.pdf


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Dada cuenta de expediente seguido para la concesión de subvención nominativa a la
Asociación para la protección del menor en los procesos de separación de sus progenitores
(APROME), la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los miembros presentes que reviste
mayoría absoluta de su composición legal, y de conformidad con los informes obrantes en el
expediente, ACUERDA:
PRIMERO.- Conceder una subvención nominativa a la Asociación para la protección
del menor en los procesos de separación de sus progenitores, con C.I.F. nº G-47352703 y
domicilio en la calle Dos de Mayo nº 13, piso 2º B, de Valladolid, por importe de 7.200,00 euros,
que se aplicará a gastos corrientes que se generen en el punto de encuentro familiar respecto
de las actuaciones a llevar a cabo en el cumplimiento del régimen de visitas establecido
judicialmente o administrativamente, año 2013, cuyos fines serán el apoyo en la entrega del o
la menor al inicio y finalización de la visita, visitas tuteladas y visitas no tuteladas, y que se
destinarán a servicios profesionales, arrendamientos, compra de material, suministros,
transportes y otros gastos como los de comunidad, mantenimiento de extintores, servicios de
prevención de riesgos laborales, seguros y otros gastos indirectos.
SEGUNDO.- Autorizar y disponer el gasto a favor de la Asociación para la protección
del menor en los procesos de separación de sus progenitores, con C.I.F. nº G-47352703 y
domicilio en la calle Dos de Mayo nº 13, piso 2º B, de Valladolid, por importe de 7.200,00 euros
con cargo al documento de retención de créditos para gastar número 702 de fecha 08 de mayo
de 2013, por importe 7.200,00 euros, emitido por la Intervención municipal.
TERCERO.- El régimen jurídico aplicable a la concesión es el siguiente:
1º.- Son obligaciones del beneficiaria/o de la subvención:
 Cumplir las actividades fijadas en la memoria presentada.
 Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento, control e inspección
de la aplicación de la subvención concedida.
 Comunicar a la Concejalía de Bienestar Social, tan pronto como sean conocidas y,
en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación de los fondos
percibidos, las alteraciones de las condiciones tenidas en cuenta para su
otorgamiento, así como la aceptación de otras subvenciones o ayudas públicas
para la misma finalidad.
 Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, frente a la
Seguridad Social y frente al Excmo. Ayuntamiento de Zamora con anterioridad a
dictarse la propuesta de resolución de concesión y con carácter previo al pago de
la misma.
 Hacer constar expresamente la colaboración del Excmo. Ayuntamiento de Zamora
en toda publicación, anuncios, dípticos o cualquier otro material publicitario relativo
a las actividades subvencionadas.
 Reintegrar los fondos percibidos en caso de incumplimiento de las obligaciones
fijadas a lo largo de la presente resolución o de las demás normas aplicables.
 Presentar la documentación justificativa fijada en tiempo y forma.
2º.- Todos los gastos deberán estar directamente relacionados con actividades
concretas del programa subvencionado y deberán realizarse dentro del plazo de ejecución
fijado.
El/la beneficiario/a podrá subcontratar el 100% de las actuaciones a desarrollar objeto
del presente convenio.
La aportación económica fijada será compatible con otras ayudas económicas
concedidas o que eventualmente pudieran conceder otras Administraciones o Entes Públicos
y/o privados, siempre que el total de las ayudas obtenidas para la actividad regulada no
sobrepase el coste de la misma. No obstante, la entidad deberá comunicar al Excmo.
Ayuntamiento de Zamora la obtención de otras ayudas o subvenciones que financien la

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