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VAYIKRA
LEVITICO
27:1 Yahweh le habló a Moshé, diciendo:
27:2 Háblale al pueblo Yisraelita y diles: Cuando alguien haga un voto explícito a Yahweh
por el equivalente de un ser humano,
27:3 aplicará la siguiente escala: Si es un varón de veinte a sesenta años de edad, el
equivalente es cincuenta shékels de plata por la pesa del santuario;
27:4 si es una hembra, el equivalente es treinta shékels.
27:5 Si la edad es de cinco a veinte años, el equivalente es de veinte shékels por un varón
y diez shékels por una hembra.
27:6 Si la edad es de un mes a cinco años, el equivalente por un varón es de cinco shékels
de plata, y el equivalente por una hembra es de tres shékels de plata.
27:7 Si la edad es sesenta años o más, el equivalente es de quince shékels en el caso de un
varón y diez shékels por una hembra.
27:8 Pero si alguien no puede costear el equivalente, lo presentarán delante del kohen, y el
kohen lo tasará; el kohen lo tasará de acuerdo con lo que pueda pagar el votante.
27:9 Si el voto tiene que ver con algún animal que puede traerse como ofrenda a YAHWEH,
cualquiera que así pueda darse a Yahweh será consagrado.
27:10 Uno no puede intercambiar, o substituir otro por él, sea bueno por malo, o malo por
bueno; si uno substituye un animal por otro, el ofrecido en voto y su substituto serán
consagrados ambos.
27:11 Si el voto tiene que ver con algún animal impuro que no puede traerse como ofrenda
a Yahweh, presentarán el animal delante del kohen,
27:12 y el kohen lo tasarán. Sea alta o baja, cualquier tasación hecha por el kohen
permanecerá;
27:13 y si él desea redimirlo, deberá añadir una quinta parte a su tasación.
27:14 Si alguien consagra su bayit a YAHWEH, el kohen la tasará. Sea baja o alta, como el
kohen la tase, así se quedará;
27:15 y si el que ha consagrado su bayit desea redimirla, deberá añadir una quinta parte a
la suma por la que se tasó, y será suya.
27:16 Si alguien consagra a YAHWEH alguna tierra que posea, su tasación será de acuerdo
con la semilla que requiera: cincuenta shékels de plata por cada ómer de semilla de
cebada.
27:17 Si consagra su tierra poco antes del año del jubileo, su tasación permanece.
27:18 Pero si consagra su tierra después del jubileo, el kohen computará el precio de
acuerdo con los años que queden hasta el año del jubileo, y se reducirá su tasación;
27:19 y si el que consagró su bayit desea redimirla, debe añadir una quinta parte a la suma
por la que se tasó, y pasará a él.
27:20 Pero si no redime la tierra, y la tierra se le vende a otro, ya no será redimible:
27:21 cuando se libere en el jubileo, la tierra quedará consagrada a YAHWEH, como tierra
proscrita; viene a ser propiedad del kohen.
27:22 Si consagra a YAHWEH tierra que compró, que no es tierra de su propiedad,
27:23 el kohen le computará la tasación proporcional hasta el año del jubileo, y pagará la
tasación hasta ese día, una donación sagrada a YAHWEH.
27:24 En el año del jubileo la tierra volverá a ser de aquel a quien se le compró, cuya
propiedad es.
27:25 Todas las tasaciones se harán por el peso del santuario, cuyo shékel vale veinte
guerahs.
KITBE HA KODESH RESTAURADA 5994
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