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CONSIDERACIONES SOBRE EL PROCESAMIENTO
DE LOS DATOS DEL AÑO 2004
EL USO DE LA CLASIFICACIÓN ESTADÍSTICA INTERNACIONAL DE
ENFERMEDADES Y PROBLEMAS RELACIONADOS CON LA SALUD - DÉCIMA
REVISIÓN (CIE-10).
Las Estadísticas Vitales son parte del Sistema Estadístico de Salud, siendo
responsabilidad del Ministerio de Salud y Ambiente por delegación del Instituto
Nacional de Estadística y Censos.
A partir de la información del año 1997 las causas de muerte se codifican según
la Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y Problemas
Relacionados con la Salud - Décima Revisión (CIE-10). El Sistema Estadístico de
Salud ha adoptado la CIE-10 para la codificación de la causa de muerte a partir del
1º de enero de 1997 y para la codificación de los diagnósticos de egreso de los
establecimientos con internación que informan al Sistema, desde el 1º de enero de
1998.
La Dirección de Estadísticas e Información de Salud, responsable de la
coordinación del sistema y centralización de los datos, proporciona normas
uniformes de recolección, elaboración y análisis de la información estadística,
entre las cuales se encuentran las correspondientes a los hechos vitales, basadas
en los principios y recomendaciones de la Oficina de Estadística de Naciones
Unidas y de la Organización Mundial de la Salud, lo que contribuye a la
homogeneidad y comparabilidad de los datos.
Se ha logrado mejorar los tiempos de procesamiento de manera considerable,
tanto en el nivel nacional como en los niveles jurisdiccionales del Sistema
Estadístico de Salud
En algunas áreas de ciertas provincias, persisten problemas de cobertura y de
calidad de datos para algunas variables de registro más complejo. Se observan, en
dichos casos, variaciones importantes en el número de hechos vitales y,
consecuentemente, en las tasas resultantes.
Con el objeto de mejorar la presentación de los tabulados sobre nacidos vivos y
defunciones fetales, se ha realizado una consistencia especial entre peso del feto y
edad gestacional.
Asimismo, se considera conveniente aclarar que las defunciones fetales, y en
especial las tempranas, poseen un subregistro importante que debe ser
considerado en el análisis e interpretación de los datos.
Esta decisión, se encuadra dentro de las Recomendaciones sobre Estrategias y
Cursos de Acción surgidas del "Grupo de consulta sobre aplicación de la CIE-10
en los países del MERCOSUR", reunido en Montevideo, Uruguay, en diciembre de
1995. El objetivo de la reunión fue coordinar actividades y cursos de acción
comunes, con el fin de lograr una utilización racional de los recursos disponibles en
estos países para la implementación de la CIE-10.
La clasificación de enfermedades, formalizada en 1893 como Lista Internacional
de Causas de Defunción, ha tenido numerosas y relevantes modificaciones desde
su implementación.
La CIE-10 contiene los más amplios cambios desde la Sexta Revisión a nivel de
categorías, conceptos y definiciones. En función de ello, los datos de morbilidad y
de mortalidad deben interpretarse considerando estos cambios.
En esta publicación se reemplaza la Lista Básica para la Tabulación presentada
en el Volumen 1 de la Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y
Problemas Relacionados con la Salud - Décima Revisión (CIE-10), por una lista
recomendada por la OMS para la presentación estadística de las causas básicas
de muerte.
En el presente, tanto en el nivel nacional como en los niveles jurisdiccionales, se
continúan desarrollando actividades para la adecuación y el fortalecimiento del
Sistema Estadístico de Salud.
Esto posibilita la comparación de la información del país con la de los otros
países en las publicaciones anuales del mencionado organismo internacional. Sin
embargo, por los cambios que introduce la CIE-10, no garantiza en forma absoluta
la comparabilidad retrospectiva dentro del país.
En la XV Reunión Nacional de Estadísticas de Salud, realizada en la Ciudad de
Buenos Aires del 28 al 30 de junio de 1999, se aprobaron los contenidos de los
nuevos formularios de recolección de datos del Subsistema de Estadísticas Vitales
como asimismo las correspondientes instrucciones para su llenado, acordándose
la implementación de los mismos a partir del 1º de enero del año 2001.
Además, y con el objetivo de satisfacer distintos tipos de demandas habituales
para el SES, se incorporan otras listas de agrupamientos de causas de muerte,
aplicables a grupos específicos de causas –violencias-; a grupos de edad
seleccionados –menores de 1 año-, etc., Del mismo modo, en el Anexo
Metodológico se agrega un cuadro con una lista sugerida para el ordenamiento de
las principales causas.
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