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Se realiza una única convocatoria nacional con una gestión centralizada de solicitudes
por parte del IDAE, en régimen de concurrencia simple, otorgándose las ayudas a los
solicitantes que cumplan con todos y cada uno de los requisitos de las bases publicadas,
por orden de prelación correspondiente a la fecha de registro de la solicitud y, todo ello,
hasta agotar el presupuesto disponible.
Actuaciones elegibles
Los puntos de recarga y todos aquellos costes que sean necesarios para llevar a cabo la
instalación del equipo.
Puntos de recarga convencional (hasta 15 kW):
Puntos de carga semirrápida (entre 15 y 40 kW):
Puntos de carga rápida (entre 40 y 100 kW):
Puntos de carga ultra rápida (Potencia igual o superior a 100 kW)

Beneficiarios de las ayudas
Las empresas públicas y privadas que no estén en crisis y las Administraciones Públicas,
Entidades Públicas dependientes o vinculadas y las Entidades Locales.
Cuantía de las Ayudas
Las ayudas se instrumentarán bajo la modalidad de entrega dineraria sin
contraprestación, con una cuantía equivalente al 60% de la inversión elegible (IVA o IGIC
no incluido ) en el caso de entidades públicas que no desarrollen ningún tipo de
actividad comercial o mercantil y pequeña empresa y un 40% de la inversión elegible
(IVA o IGIC no incluido) para el resto de empresas o entidades.
Presentación de solicitudes, plazos y vigencia
El plazo para la solicitud de las ayudas se abrió el 23 de enero de 2018 hasta la
conclusión del programa (31/12/2018) o agotamiento del presupuesto de las ayudas. Las
solicitudes se registraron por vía telemática a través de la aplicación desarrollada por
IDAE