Séptima edición. La Bandera Noticias, noticias del sur de Guanajuato..pdf


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REPORTE ESPECIAL

Desde el caribe mexicano

El Trump de Moroleón

D

erivado del pleito casado entre el director de servicios públicos municipales con el de obras públicas Roberto
García Raya y Martín Millán respectivamente, dio como resultado que el señor de las
palancas grandes, o sea Raya, pidió, peleo
y exigió que sacaran de su propiedad, la ex
plaza, los vehículos de Obras Públicas y ya
encarrilados, todas las unidades de las demás dependencias que ahí se resguardan
¿Queeeé tal?

mento, habrá que esperar como se la desquita, espero y no sea con otros 6 millones,
solo que a ver si cabe el parque vehicular
municipal en una franja de terreno de 20
mtrs. de ancho por 50 mtrs. de largo…


Toooodo lo que sobra del predio en
referencia, es decir la ex plaza de toros, se
le quedará nomas para Raya solito y ahora sí, nadie entra y, lo que entra ya no sale,
todo lo que hay dentro de ese lugar le pertenece a Roboarto Raya, les guste o no, así

Como resultado de su berrinche su lo resolvió el señor Presidente y claro está
chalan el Lic. Jorge le autorizó y, con mucho que el Lic. Jorge ni pio dice.
miedo a que se enoje “la cebra”, un pedacito de terreno a Obras Públicas con la condi-
Así demuestra nuevamente el musción de que deje estacionar las unidades de culo, hígado y los riñones que tiene sobre la
las demás dependencias ¡así como lo lee!... administración el señor de la Raya amarilla,
inclusive por encima del ayuntamiento en
Al parecer el Arqui Millón, perdón, tero.La falta de musculo de Jorge Ortiz ya
Millán acepto sin problemas, por el mo- llegó a la cúspide.


Llegaron presumiendo un equipo
fuerte de trabajo, unido y comprometido
con un mismo fin, “servir al pueblo” y más
de tres se están sirviendo y con la cuchara
grande. No puedo afirmar que Jorge Ortiz
sea corrupto, pero los recuerdo que también hay ratas y corruptos por omisión o
como decía mi abuela, tanto peca el que
mata la vaca como el que le agarra la pata
y así…. ¡Miau!

meow!

Cuanto Deben Ganar los Alcaldes, Síndicos y
Regidores en el 2017
Guanajuato, Gto.

L

as diputadas y los diputados que integran
la LXIII Legislatura aprobaron el acuerdo
que contiene la recomendación sobre
los montos máximos de las remuneraciones
de los integrantes de los Ayuntamientos del
Estado de Guanajuato, para el ejercicio fiscal
2017, en cumplimiento de lo que establece el
artículo 81 de la Ley para el Ejercicio y Control
de los Recursos Públicos en la entidad.

el número de habitantes, tasa de crecimiento
de la población, índice de marginación, población urbana y número de localidades rurales;
el sexto, a la capacidad financiera, el séptimo, a eficiencia administrativa y el octavo, a
la relación porcentual de las remuneraciones
con el presupuesto. Las bases estadísticas
se tomaron de los datos proporcionados por
el INEGI, el Consejo Nacional de Población y
por la Auditoría Superior del Estado, según el
factor.

En el documento se señala que el acuerdo
aprobado es en cumplimiento del mandato
de la ley, por tanto, no resulta de una pretensión arbitraria o discrecional del Congreso. Precisa que debido a la complejidad del
contexto económico internacional es conveniente que los montos recomendados para
el próximo ejercicio fiscal, sean los montos
En la exposición de motivos del dictamen, se vigentes actualizados conforme al pronóstiestablece que esta recomendación se sus- co de la expectativa económica para el cierre
tenta en el análisis de variables preponde- del año 2016.
rantemente objetivas como son:
“Consideramos que el factor porcentual adea)Indicadores socioeconómicos.Se tomó en cuado para la actualización de los montos
cuenta la población por municipio, presu- recomendados vigentes es el relativo al 3%,
puesto de egresos por municipio, tasa de considerando las expectativas decrecimiento
crecimiento poblacional, índice de margina- de la economía para el ejercicio fiscal 2017”,
ción, concentración poblacional urbana y nú- subraya el documento.
mero de localidades.
El Congreso del Estado refrenda su pleno
b) Indicadores de eficiencia administrativa respeto y reconocimiento a los municio de gestión pública.En este punto se consi- pios en el ejercicio de sus potestades en
deró la recaudación del impuesto predial, al materia presupuestaria, y bajo ninguna
circunstancia se asumirá en la hoy excierre del ejercicio 2015 por municipio.
clusiva competencia municipal, ni mucho
c) Indicador de racionalidad, austeridad y menos impondrá cargas o directrices al
disciplina del gasto.Para traducir esta varia- gasto público, más allá de lo que le faculble al plano objetivo, se consideró la relación te la Ley.
porcentual o peso específico de las remuneraciones de los integrantes del Ayuntamiento En lo que constituye un exhorto a los ayuntamientos de la entidad, las y los legislarespecto del presupuesto de egresos 2016.
dores expresan su convicción de que las
d) Responsabilidad de la función.Tomando administraciones municipales implemencomo base que la función de máxima res- tarán políticas internas de racionalidad y
ponsabilidad estatal es la del Gobernador, austeridad del gasto público, orientando
ninguna remuneración podrá ser mayor a la en mayor medida su aplicación a la presdel titular del Ejecutivo estatal. Bajo el mismo tación de los servicios públicos, y de que
criterio, el presidente municipal recibirá una el próximo año desarrollarán su gestión
retribución mayor a la de síndicos y regido- con una visión social, superando prácticas
que pudiesen lesionar a los gobernados.
res.
Se trata de la recomendación para determinar los sueldos de alcalde, síndicos y regidores, para cada municipio del Estado de
Guanajuato. Lo anterior, con base en principios de racionalidad, austeridad, disciplina
del gasto y situación socioeconómica de los
respectivos municipios.

Se estableció además el criterio de estratificar a los municipios bajo ocho factores y en
seis rangos, atendiendo los primeros cinco de
ellos a la situación socioeconómica, a saber:

En este sentido, invitan a los integrantes
de los Ayuntamientos a seguir anteponiendo y privilegiando los intereses colectivos sobre sus legítimos derechos.

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Recomendación de montos máximos brutos de las remuneraciones
de los integrantes de los ayuntamientos (Base mensual)
Municipio Presidente Síndico Regidor
Abasolo $65,449.21 $32,724.05 $29,452.09
Acámbaro $70,123.75 $35,061.32 $31,555.41
Apaseo el Alto
$63,890.65
$31,945.33
$28,751.35
Apaseo el Grande $65,450.32
$32,725.16
$29,453.20
Atarjea $37,399.71 $18,700.41 $16,829.92
Celaya $101,290.36 $50,644.62 $45,581.27
Comonfort $63,890.65 $31,945.33 $28,751.35
Coroneo $52,983.01 $26,492.06 $23,841.74
Cortazar $71,683.42 $35,841.15 $32,258.37
Cuerámaro $52,983.01 $26,492.06 $23,841.74
Doctor Mora $52,983.01 $26,492.06 $23,841.74
Dolores Hidalgo
$76,356.85 $38,178.42 $34,360.58
Guanajuato $84,148.50 $42,075.36 $37,866.49
Huanímaro $48,308.46 $24,153.67 $21,739.53
Irapuato $109,082.01 $54,541.56 $49,088.30
Jaral del Progreso $57,657.55
$28,828.22
$25,946.18
Jerécuaro $54,541.56 $27,269.67 $24,543.59
León $121,548.21 $60,773.55 $54,696.41
Manuel Doblado
$54,541.56 $27,269.67 $24,543.59
Moroleón $77,916.52 $38,958.26 $35,061.32
Ocampo $52,983.01 $26,492.06 $23,841.74
Pénjamo $77,916.52 $38,958.26 $35,061.32
Pueblo Nuevo $51,423.34 $25,713.34 $23,141.01
Purísima del Rincón $70,123.75
$35,061.32
$31,555.41
Romita $60,773.55 $30,386.77 $27,348.76
Salamanca $90,381.60 $45,190.24 $40,671.66
Salvatierra $68,566.31 $34,283.71 $30,854.67
San Diego de la Unión $54,541.56
$27,269.67
$24,543.59
San Felipe $71,683.42 $35,841.15 $32,258.37
San Francisco del Rincón $79,473.96 $39,736.98
$35,763.17
San José Iturbide $68,566.31
$34,283.71
$30,854.67
San Luis de la Paz $71,683.42
$35,841.15
$32,258.37
San Miguel de Allende $96,615.81
$48,308.46
$43,476.84
Santa Catarina
$37,399.71 $18,700.41 $16,829.92
Juventino Rosas
$63,890.65 $31,945.33 $28,751.35
Santiago Maravatío
$49,867.02 $24,933.51 $22,440.27
Silao de la Victoria $85,707.05
$42,852.97
$38,568.34
Tarandacuao $51,423.34 $25,713.34 $23,141.01
Tarimoro $52,983.01 $26,492.06 $23,841.74
Tierra Blanca $37,399.71 $18,700.41 $16,829.92
Uriangato $71,683.42 $35,841.15 $32,258.37
Valle de Santiago $68,566.31
$34,283.71
$30,854.67
Victoria $51,423.34 $25,713.34 $23,141.01
Villagrán $71,683.42 $35,841.15 $32,258.37
Xichú $37,399.71 $18,700.41 $16,829.92
Yuriria $57,657.55 $28,828.22 $25,946.18

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