Fetranzoategui Sala Constitucional suspende el Artículo 406 de la LOTTT .pdf


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Sala Constitucional suspende el Artículo 406 de la LOTTT
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en sentencia Nº 474
del 21 de mayo de 2014, suspendió, con efecto erga omnes (frente a todos), el
Artículo 406 la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores
(Lottt). La norma establecía que "transcurridos tres meses de vencido el
período para el cual haya sido elegida la Junta Directiva de la organización
sindical sin que se haya convocado a nuevas elecciones de un número no
menor del diez por ciento de los afiliados y afiliadas a la organización, podrá
solicitar al juez o jueza con competencia en materia laboral de la jurisdicción
correspondiente que disponga la convocatoria respectiva". En tal sentido la
Sala señaló que "dentro de la estructura de los órganos contencioso electorales
a que se refiere el artículo 297 de la Carta Magna, es la Sala Electoral del TSJ
la que puede ordenarle al Poder Electoral la organización de los procesos
comiciales en los sindicatos, los gremios profesionales, las organizaciones con
fines políticos y demás organizaciones de la sociedad civil". Asimismo, indicó
que "la aplicación del artículo 406 de la Lottt, que le atribuye a los tribunales
laborales competencia para ordenar la convocatoria a elecciones sindicales,
implicaría un menoscabo de lo prescrito en el artículo 293, numeral 6, de la
Constitución y, por tanto, la violación del derecho al juez natural a que se
refiere el artículo 49.4 de la Constitución". Por último, justificó potestad de
suspender el Artículo mencionado en "lo establecido en el artículo 34 de la
Ley que rige las funciones del Máximo Tribunal, según el cual la Sala
Constitucional, puede abrir de oficio el procedimiento de control concentrado
de la constitucionalidad, en aquellos casos en que se declare la conformidad a
derecho de la sentencia donde se desaplicó por control difuso una norma, se
ordenó el inicio del juicio anulatorio del artículo 406 de la Lottt". La Sala
abrió de oficio el procedimiento de control mencionado a raíz de una decisión
de la Sala Electoral que desaplicó la mencionada norma.


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