Normas de Convivencia 2016 FINAL.pdf


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El Roconal

ARTÍCULO 22

Los materiales para el uso de la construcción del inmueble deberán estar dentro del terreno, prohibiendo
además la utilización de banquetas y calles para el resguardo de materiales y la elaboración de mezclas a
utilizarse en la obra.
ARTÍCULO 23

Los desperdicios que genere la obra que se está realizando deberá de recogerse en bolsas o en vehículo
destinado para este fin; bajo ningún concepto o circunstancia se utilizarán los terrenos baldíos o áreas verdes
para desechar o colocar los desperdicios de la obra.

ARTÍCULO 24

En caso de ocasionar algún daño a las áreas verdes, drenajes o a terceros a causa de los trabajos realizados, el
propietario de la construcción será directamente responsable de reparar en su totalidad los daños
ocasionados.

ARTÍCULO 25

Los excesos de tierra que resulten a consecuencia del zanjeo o nivelación del terreno deberán ser manejados
como se plantea en el artículo 23.

DE LAS MUDANZAS
CAPÍTULO VIII
ARTICULO 26

Sin excepción alguna todo propietario o inquilino que desee realizar la entrada o salida de algún camión o
vehículo de mudanza deberá notificar a la Junta Directiva con antelación indicando los datos del vehículo,
nombre del conductor, ayudantes y datos de la vivienda o apartamento a donde o de donde será trasladado el
menaje de casa.