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Decretos periodo 9-9/2015

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La Ordenanza Nº 14/2015 sancionada por el Honorable
Concejo Deliberante de La Cumbre, con fecha 07 de
Septiembre del año Dos Mil Quince.-

POR ELLO y en uso de sus atribuciones;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE
DECRETA

Y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al Art. 49, inc. 1º de la ley
Orgánica Municipal Nº 8.102, es atribución del
Departamento Ejecutivo promulgar, publicar y hacer cumplir
las ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante.
POR ELLO y en uso de sus atribuciones;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE
DECRETA
Articulo: 1º
PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 14/2015 en todos y
c a d a uno d e sus a r tíc ulo s p o r la c ua l se CREA una
COMISIÓN DE INVESTIGACIÓN Y REVISORA DE LA
CUENTA DE GASTOS- EJERCICIO 2014 Y EJERCICIO
2015 con todas las facultades que por Ley le correspondan a
investigar y revisar el estado económico financiero de la
cuenta de gastos de los ejercicios 2014/2015 y la
Procuración del Cobro de Tasas, quedando autorizada a la
contratación de personas ( estudios contables y/o jurídicos)
y/o Instituciones Públicas o Privadas especializadas en la
materia a los fines de realizar las pertinentes auditorías
contables, jurídicas y técnicas que fueran menester para el
cumplimiento de su fin.
Articulo: 2º
DISPONGANSE las medidas técnicas y administrativas de
trámite que correspondan a los efectos del fiel cumplimiento
de lo determinado. La Comisión Revisora propondrá al
Concejo las personas físicas y/o Jurídicas o Instituciones que
a su entender fueren menester contratar a fin de llevar
adelante los trabajos encomendados. Las Contrataciones en
su forma y modo, serán resueltas por el Concejo
Deliberante.
Articulo: 2º
Comuníquese, Publíquese, dese copia a las Oficinas
Correspondientes. Al Registro Municipal y Archívese.DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE, A LOS OCHO
DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL QUINCE

DECRETO Nº 1106 / 2015
VISTO:
LA Resolución Nº 551 del Ministerio de Gobierno de la
Provincia de fecha 17 de Octubre de 1980, Ordenanza
Impositiva y Tarifaría vigente.
Y CONSIDERANDO:
QUE deben fijarse los coeficientes de actualización para el
4º T rimestre del 2015, para las Empresas del Estado
alcanzadas por las contribuciones que inciden sobre las
Actividades Comerciales, Industriales y Servicios que
vencerá el 10 de OCTUBRE del año 2015.

Articulo: 1º
ESTABLECESE los importes para las Empresas del Estado
alcanzadas por las contribuciones que inciden sobre las
Actividades Comerciales, Industriales y de Servicios de la
Ordenanza Impositiva vigente y Decreto Nº 108/1980,
sancionado por Resolución Ministerial Nº 551, para el 4º
Trimestre del año 2015, (OCTUBRE, NOVIEMBRE,
D I C I E M B R E ) c o n f e c h a d e v e n c i mi e n t o e l 1 0 d e
OCTUBRE del año 2015.
Las Empresas del Estado que a continuación detallamos
tributarán mediante Declaración Jurada, sus obligaciones
en la siguiente forma:
a) Emp resa P rovincial de Energía y Cooperativa de
suministro de Energía
Eléctrica, por Kilovatio
f a c t u r a d o a u s u a r i o f i n a l p a r a e l 4 º T r i me s t r e d e l
2015....................................................................................$ 0
,00139
b) Bancos y entidades financieras oficiales (Banco de La
Provincia de Córdoba, Banco Nación) para el 4º Trimestre
del 2015.....................................$ 212,58003
Por cada empleado cualquiera sea su jerarquía en actividad
que se encuentre prestando servicios en cada sucursal,
agencia u oficina en jurisdicción Municipal.
c) La Empresa TELECOM S.A. para el 4º Trimestre del
2015 ............$ 3,19
d) La Empresa Gas del Estado para el 4º Trimestre del
2015:
1- Por cada metro cúbico de gas
facturado.......................................$0,0138
2- Por cada cilindro de gas facturado o su equivalente en
Kg........$ 0,339
e) En todos los casos el mínimo por Trimestre no podrá ser
inferior a...$ 81,95
Articulo: 2º
El incumplimiento de los términos fijados en el presente
Decreto de las obligaciones Trimestrales, harán pasible de
recargos y actualizaciones establecidas por el Art. 26 y
subsiguientes de la Ordenanza Impositiva vigente.Articulo: 3º
COMUNIQUESE publíquese dese Copia a la oficina de
contaduría, al Registro Municipal y ARCHIVESE
DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE, A LOS QUINCE
DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL QUINCE

DECRETO Nº 1107 / 2015
VISTO:
Que la Sra. Marcela DÍAZ abonó por error la cuota 7º de
2015 de Tasa a la Propiedad de la cuenta Nº 06564 y la cuota
6º de 2015 del Servicio de Agua Potable de la Cuenta Nº
0556001 el día 24 de Agosto de 2015 con Recibo Nº 129497868 en Tesorería de Esta Municipalidad.-