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Decretos periodo 6-6/2015
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DECRETO Nº 776 / 2015
VISTO:
POR ELLO y en uso de sus atribuciones;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE
La necesidad de contar con asistencia auxiliar en el Área de
HOGAR DE ANCIANOS de este Municipio.
Y CONSIDERANDO:
Que resulta de suma importancia contar con la asistencia de
personal no técnico a los fines de diligenciar y sustanciar las
tareas de Maestranza y servicios generales que dependen del
Área de HOGAR DE ANCIANOS de este Municipio.
Que dicha asistencia supone la realización de tareas que
siendo de Maestranza y servicios generales son de diverso
contenido y alcance, por lo cual no exigen una capacitación
técnica especifica ni supone un prestación a largo plazo,
siendo en consecuencia viable la contratación de servicios
por el plazo de tiempo determinado y acotado a la necesidad
que por medio de dicho contrato se pretende salvaguardar,
motivo por el cual la contratación realizada es por tiempo
determinado
POR ELLO y en uso de sus atribuciones;
DECRETA
Articulo: 1º
NÓMBRASE en Planta Permanente al Sr. Juan Alberto
MARQUE D.N.I. Nº 27.544.077 Categoría 12 Municipal en
el Área de Gas Natural a partir del 1º de Junio de 2015.
Articulo: 2º
Comuníquese, Publíquese, dese copia a la Oficina de
Personal, al Registro Municipal y Archívese.DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE, A LOS OCHO
DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL
QUINCE
DECRETO Nº 778 / 2015
VISTO:
DECRETA
LA Resolución Nº 551 del Ministerio de Gobierno de la
Provincia de fecha 17 de Octubre de 1980, Ordenanza
Impositiva y Tarifaría vigente.
CONTRATANSE los servicios no profesionales del Sr./a.
PEREYRA, PATRICIA RITA, DNI: 16656141 para que se
desempeñe en el Área de HOGAR DE ANCIANOS de este
Municipio desde el 01/06/2015 y hasta el 31/08/2015,
ambas fechas inclusive.-
Y CONSIDERANDO:
QUE deben fijarse los coeficientes de actualización para el
3º T rimestre del 2015, para las Empresas del Estado
alcanzadas por las contribuciones que inciden sobre las
Actividades Comerciales, Industriales y Servicios que
vencerá el 10 de JULIO del año 2015.
Articulo: 2º
POR ELLO y en uso de sus atribuciones;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE
Articulo: 1º
EL GASTO que demande el cumplimiento del presente
Decreto será imputado a la partida correspondiente.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE
DECRETA
Articulo: 3º
Articulo: 1º
COMUNÍQUESE, publíquese, dese copia a la oficina de
Personal, a Contaduría, al Registro Municipal y
ARCHÍVESE.
ESTABLECESE los importes para las Empresas del Estado
alcanzadas por las contribuciones que inciden sobre las
Actividades Comerciales, Industriales y de Servicios de la
Ordenanza Impositiva vigente y Decreto Nº 108/1980,
sancionado por Resolución Ministerial Nº 551, para el 3º
Trimestre del año 2015, (JULIO, AGOSTO,
SEPTIEMBRE) con fecha de vencimiento el 10 de JULIO
del año 2015.
DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE, A LOS OCHO
DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL
QUINCE
DECRETO Nº 777 / 2015
VISTO:
QUE el Sr. Juan Alberto MARQUE ha desarrollado su
actividad con responsabilidad.
.
Y CONSIDERANDO:
QUE este Departamento Ejecutivo considera esta situación
co n el b eneficio d e o to rgarle el trasp aso a la P lanta
Permanente Municipal.
Las Empresas del Estado que a continuación detallamos
tributarán mediante Declaración Jurada, sus obligaciones
en la siguiente forma:
a) Emp resa P rovincial de Energía y Cooperativa de
suministro de Energía
Eléctrica, por Kilovatio
f a c t u r a d o a u s u a r i o f i n a l p a r a e l 3 º T r i me s t r e d e l
2015....................................................................................$ 0
,00139
b) Bancos y entidades financieras oficiales (Banco de La
Provincia de Córdoba, Banco Nación) para el 3º Trimestre
del 2015.....................................$ 212,58003
Por cada empleado cualquiera sea su jerarquía en actividad
que se encuentre prestando servicios en cada sucursal,
agencia u oficina en jurisdicción Municipal.
c) La Empresa TELECOM S.A. para el 3º Trimestre del
2015 ............$ 3,19
d) La Empresa Gas del Estado para el 3º Trimestre del
2015:
1- Por cada metro cúbico de gas
facturado......................................$0,0138
