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Decretos periodo 6-6/2015

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Y CONSIDERANDO:
Que es menester de este DEM reconocer dicho desempeño.

de dichos fondos, conforme expresamente lo dispone la
Ordenanza Nº 16/014.-

POR ELLO y en uso de sus atribuciones;

ELÉVESE a Categoría 24 al Sr. Juan Carlos FALCÓN
D.N.I. Nº 8.411.149 personal Municipal, a partir del 01 de
Junio de 2015.-

Que en consecuencia y dando cumplimiento al deber de
administrar eficientemente los recursos municipales resulta
oportuno disponer el uso transitorio de dichos fondos con el
solo fin especificado los que deberán ser reintegrados en
fecha específica, evitando apelar al endeudamiento municipal
y garantizando que dichos fondos serán reintegrados para su
fin en el plazo de tiempo establecido, con recursos originarios
del Municipio, optimizando la utilización de los recursos,
honrando las obligaciones para con los trabajadores y
evitando los mayores costos de un eventual endeudamiento.-

Articulo: 2º

POR ELLO y en uso de sus atribuciones;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE
DECRETA
Articulo: 1º

COMUNÍQUESE, publíquese, dese copia a la oficina del
personal, al Registro Municipal y ARCHÍVESE.
DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE, A LOS UNO
DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL
QUINCE

DECRETO Nº 766 / 2015

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE
DECRETA
Articulo: 1º
HABILITESE la utilización parcial y temporal de los fondos
existentes en la cuenta Municipal Nº 03420040005302,
esto es la suma de pesos sesenta y cinco mil ($ 65.000,00-) a
los estrictos fines de su afectación al destino enunciado en el
presente.
Articulo: 2º

VISTO:
Las tareas que viene desempeñando con responsabilidad el
Sr. Ricardo Ariel FARÍAS Categoría 16 Municipal.Y CONSIDERANDO:
Que es menester de este DEM reconocer dicho desempeño.
POR ELLO y en uso de sus atribuciones;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE
DECRETA
Articulo: 1º
ELÉVESE al 79% la Responsabilidad Técnica al Sr.
Ricardo Ariel FARÍAS D.N.I. Nº 30.271.525, a partir del
01 de Julio de 2015.-

La devolución de dichos fondos será efectivizada dentro de
los cinco días hábiles posteriores a la aprobación de la
ordenanza que determine las obras a cuya ejecución se les
asigne destino.
Articulo: 3º
Comuníquese, P ublíquese, dese copia a las oficinas
correspondientes, al Registro Municipal y Archívese.
DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE, A LOS UNO
DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL
QUINCE

DECRETO Nº 768 / 2015

Articulo: 2º
COMUNÍQUESE, publíquese, dese copia a la oficina del
personal, al Registro Municipal y ARCHÍVESE.
DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE, A LOS UNO
DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL
QUINCE

DECRETO Nº 767 / 2015

VISTO:
QUE la Sra. Elizabeth Noemí CALABRÍN ha desarrollado
su actividad con responsabilidad.

.
Y CONSIDERANDO:
QUE este Departamento Ejecutivo considera esta situación
co n el b eneficio d e o to rgarle el trasp aso a la P lanta
Permanente Municipal.

VISTO:
La necesidad de afrontar el cumplimiento de obligaciones
para con proveedores varios y erogaciones derivadas del
Hospital Municipal.-

POR ELLO y en uso de sus atribuciones;

Y CONSIDERANDO:
Que las partidas ordinarias destinadas al efecto del pago de
dichas erogaciones resultan insuficientes para abonar la
integralidad de la masa económica exigible, resultando
necesaria y suficiente la provisión de una suma de pesos
sesenta y cinco mil ($ 65.000) con los cuales se podrá
completar la erogación correspondiente a sueldos.-

Articulo: 1º

Que la cuenta Municipal Nº 03420040005302 registra un
saldo suficiente para afrontar la suma faltante especificada.
Que si bien dichas sumas de dinero se encuentran reservadas
para la ejecución de obras públicas, a la fecha no se encuentra
aprobada obra alguna que determine la imputación definitiva
de las mismas, no encontrándose prohibido el uso temporario

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE
DECRETA

NÓMBRASE en Planta Permanente a la Sra. Elizabeth
Noemí CALABRÍN D.N.I. Nº 16.232.969 Categoría 16
Administrativa Municipal a partir del 1º de Junio de 2015.
Articulo: 2º
PROCEDASE a la notificación del presente Decreto y a su
posterior registro en el Legajo correspondiente.
Articulo: 3º
COMUNÍQUESE, publíquese, dese copia a las oficinas
correspondientes, a la oficina de contaduría al Registro
Municipal y ARCHÍVESE.