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Decretos periodo 10-10/2015

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POR ELLO y en uso de sus atribuciones;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE
DECRETA

DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE, A LOS OCHO
DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL
QUINCE

Articulo: 1º
APRUÉBESE, la constitución de la Comisión Directiva del
Centro Vecinal del Barrio La Costa, presidida por el Sr.
Mario Dante Cuellar D.N.I. Nº 20.153.878, lista presentada
el día 07 de Octubre de 2015, la cual se anexa al presente
Decreto.
Articulo: 2º
AUTORICESE a la misma a funcionar como Centro Vecinal
dentro del Radio que el mismo determine, otorgándosele la
correspondiente Personería Municipal.Articulo: 3º

DECRETO Nº 1251 / 2015
VISTO:
El contrato de locación de servicios entre la Municipalidad de
La Cumbre y la Srta. Paola Gisela RAMÍREZ.Y CONSIDERANDO:
Que la misma presentó su renuncia a partir del día 15 de
octubre de 2015, por razones estrictamente personales.POR ELLO y en uso de sus atribuciones;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE

Comuníquese, Publíquese, dese copia al Centro Vecinal al
Registro Municipal y Archívese.DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE, A LOS OCHO
DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL
QUINCE

DECRETA
Articulo: 1º
RESCINDIR, el contrato de servicios que mantiene la
Municipalidad de La Cumbre, con la Srta. Paola Gisela
RAMÍREZ D.N.I. Nº 31.414.457, a partir del 15 de
Octubre de 2015.Articulo: 2º

DECRETO Nº 1250 / 2015
VISTO:
El Expediente Administrativo Nº 326, por el cual el Sr.
Alberto Osvaldo LITVIN solicita le sea otorgado el
b e neficio d e exenció n d e trib utar p o r T asa Servicio
Automotor del vehículo de su propiedad, invocando su
condición de discapacidad, acogiéndose a los beneficios del
Artículo 195 inciso 2 de la Ordenanza General Impositiva
vigente.
Y CONSIDERANDO:
- La documental adjuntada al momento de
formular la solicitud a saber: título de propiedad, factura de
compra de vehículo, certificado de Discapacidad válido hasta
el día 13 de Agosto de 2018.Que habiéndose remitido las actuaciones a la
Asesoría Letrada de este Municipio ésta se expide indicando
que se encuentran acreditados los requisitos previstos por la
normativa vigente a los fines de acceder al beneficio;

COMUNÍQUESE, publíquese, dese copia a la oficina de
contaduría al Registro Municipal y ARCHÍVESE.
DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE, A LOS
DIECISEIS DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO
DOS MIL QUINCE

DECRETO Nº 1252 / 2015
VISTO:
La Ordenanza Nº 16/2015 sancionada por el Honorable
Concejo Deliberante de La Cumbre, con fecha Veintidos de
Octubre del año Dos Mil Quince.Y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al Art. 49, inc. 1º de la ley Orgánica
Municipal Nº 8.102, es atribución del Departamento
Ejecutivo promulgar, publicar y hacer cumplir las ordenanzas
sancionadas por el Concejo Deliberante.

POR ELLO y en uso de sus atribuciones;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE
DECRETA

POR ELLO y en uso de sus atribuciones;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE
DECRETA

Articulo: 1º
HACER LUGAR a la presentación elevada por el Sr.
Alberto Osvaldo LITVIN , DNI Nº 10.132.039, en los
términos del Artículo 195 inciso 2 de la Ordenanza General
Impositiva Vigente, y acordar la eximición del cien por
c ie nto p a r a e l p a go d e T a sa Se r vic io a l Auto mo to r
correspondiente al vehículo NISSAN FRONTIER NP300
Pick Up Cabina Doble, correspondiente a la tasa año 2015
de la cuenta NEN 729, por cuanto se halla encuadrada
dentro de las disposiciones vigentes.-

Articulo: 1º
PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 16/2015 en todos y cada
uno de sus artículos por la cual se FACULTA al
Departamento Ejecutivo Municipal para que gestione y tome
del FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACIÓN
DE PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS
GOBIERNOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE
C O R D O B A, u n p r é s t a mo d e ha s t a p e s o s C I E N T O
OCHENTA MIL ( $ 180.000.-) con destino al Pago de
haberes, que se adjunta como Anexo I.-

Articulo: 2º
COMUNIQUESE, Dese al Registro Municipal, a la Oficina
de Automotores y ARCHIVESE.-

Articulo: 2º
FACULTASE al Departamento Ejecutivo para que en Pago
del crédito o garantía que obtenga en ejercicio de la Facultad
que se le confiere por el artículo anterior, sus intereses y
gastos, ceda al fondo que le otorgue el préstamo o la garantía
de la coparticipación que mensualmente, corresponda al
Municipio en los impuestos provinciales, conforme la Ley
8663, o la que en el futuro sustituya o modifique, hasta la