Bases del Mercado Eléctrico.pdf


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(v) Los precios marginales del Mercado del Día en Adelanto y del Mercado de Tiempo Real serán
los menores entre los precios que resulten del programa de despacho y los precios tope establecidos
en las Reglas del Mercado.
(vi) Las Unidades de Central Eléctrica que fueron asignadas en el Mercado del Día en Adelanto no
serán instruidas a cancelar dichas asignaciones por motivos económicos.
(vii) No se emitirán instrucciones de arranque de Unidades de Central Eléctrica por motivos
económicos en el Mercado de Tiempo Real.
(viii) Todos los cargos del Mercado de Tiempo Real estarán basados en los datos de mediciones por
hora.
(b) El mercado de SEGUNDA ETAPA tendrá las características siguientes:
(i) Incluirá ofertas virtuales, previa la validación respectiva por parte de la Unidad de Vigilancia del
Mercado.
(ii) Además del Mercado del Día en Adelanto y del Mercado de Tiempo Real, se incluirá al Mercado
de Una Hora en Adelanto.
(iii)
Se podrán aceptar Transacciones de Importación y Exportación para energía o Servicios
Conexos, con programación fija o despachable, en el Mercado del Día en Adelanto o Mercado de
Una Hora en Adelanto.
(iv) Se incluirán Recursos de Demanda Controlable en el despacho económico.
(v) Se aplicarán precios graduales de escasez a través de curvas de demanda para reservas. Los
precios marginales del Mercado de Energía de Corto Plazo se basarán en una corrida de precios
calculados con precios de escasez más bajos que los que se usan en la corrida de despacho.
(vi) Las Unidades de Central Eléctrica que fueron asignadas en el Mercado del Día en Adelanto
podrán ser instruidas a cancelar dichas asignaciones por motivos económicos, en cuyo caso
recibirán la Garantía de Suficiencia de Ingresos por Instrucción de Paro Anticipado.
(vii) Los diversos cargos del Mercado de Tiempo Real serán calculados y liquidados por cada
intervalo de despacho.
(c)
Posteriormente, se podrá implementar un Mercado de etapas posteriores, mediante
modificaciones a las Bases del Mercado Eléctrico.

1.4.3
etapas:

Las Subastas de Derechos Financieros de Transmisión se implementarán en las siguientes

(a) Las subastas de PRIMERA ETAPA se realizarán anualmente, con plazos de vigencia de un año.
(b)
Las subastas de SEGUNDA ETAPA se realizarán mensualmente, introduciendo plazos
mensuales y para el resto del año en curso. Asimismo, se realizarán subastas de Derechos
Financieros de Transmisión con vigencia de tres años y por temporada.